Created by sarely.montero
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Aquellos/as aspirantes que hayan superado la primera prueba deberán entregar por escrito al tribunal un programa de intervención en un centro educativo para ser desarrollado desde un Departamento de Orientación o desde un Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica.El programa de intervención se corresponderá al menos con uno de los ámbitos prioritarios de intervención psicopedagógica: Apoyo al proceso de enseñanza y aprendizaje, orientación educativa, psicopedagógica y profesional, apoyo al plan de acción tutorial, o apoyo al plan de atención a la diversidad.Esta programación irá referida a un curso, tendrá una extensión máxima de 60 folios por una cara y a doble espacio, sin contar anexos y material de apoyo, en tamaño DIN-A4, con una letra tipo Arial de 12 puntos sin comprimir.Se diferenciarán al menos 15 ejes o unidades de actuación.La programación será presentada en el lugar de examen y ante el Tribunal por en el plazo de veinticuatro horas a partir de la publicación por el Tribunal de la relación de aspirantes que han superado la misma. Cómo elaborar el Plan de Actuación Aunque la convocatoria comience hablando de programación didáctica, se aclara posteriormente que en la especialidad de Psicología y Pedagogía se elaborará un programa de intervención. Aún así, la redacción puede prestarse a confusiones puesto que en la normativa actual el término que se utiliza para referirse a la planificación del trabajo en departamentos y equipos de orientacxión es Plan Anual de Actividades.Aunque la convocatoria señale que "deberán especificarse al menos los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología, así como a la atención al alumnado con necesidades educativas específicas" hay que tener en cuenta que el trabajo del especialista en Psicología y Pedagogía no es un trabajo didáctico, sino de asesoramiento y apoyo. Por ello el plan de actividades debe especificar, de acuerdo con la normativa, objetivos, actuaciones, criterios de evaluación, etc, pero no es una programación didáctica y por tanto no tiene "contenidos" de enseñanza.El marco legal a tener en consideración para elaborar el plan de actividades son todavía en muchas comunidades autónomas las INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENOVACIÓN PEDAGÓGICA de 13 de mayo de 1996. En Castilla y León deben tenerse en cuenta también las sucesivas instrucciones de la Consejería de Educación, además de otras normas que atribuyen funciones y responsabilidades a los departamentos y equipos de orientación.Esta parte del proceso selectivo tiene por objeto la comprobación de la aptitud del aspirante para organizar y planificar su trabajo dentro del centro y su dominio de las técnicas y estrategias necesarias para el asesoramiento. Algunos errores comunes y posibles alternativas Error 1 Incluir el Plan de Acción Tutorial y el Plan de Orientación Académica y Profesional como parte del Plan de Actividades del Dpto o del Equipo de Orientación. Se trata de un error "grueso" pues el PAT y el POAP son documentos programáticos que forman parte del Proyecto Curricular del centro pero no del Plan de Actividades del Dpto.Al menos en los IES, el DO tiene responsabilidades en su elaboración y en las sucesivas propuestas de mejora, pero el DO no es el órgano responsable de la acción tutorial en el centro. Además, el DO sólo puede programar en su Plan las tareas que van a realizar los miembros del DO, no otros profesores.Lo que el Plan Anual de Actividades del DO debe recoger es lo que se va a hacer para contribuir a su desarrollo y para colaborar en su seguimiento y evaluación, de acuerdo con las directrices que ya deberían venir recogidas en el propio PAT y POAP.Entre los aspectos a precisar en el "Plan de Intervención" sí deben estar las actuaciones previstas para asesorar a los tutores, para colaborar con la jefatura de estudios en la coordinación de la acción tutorial y del trabajo de los tutores, para atender individualmente a alumnos y padres, para contribuir a la evaluación y mejor del PAT o del POAP, etc. Es decir las tareas concretas y debidamente temporalizadas que se van a realizar para desarrollar las funciones que el DO y sus componentes tienen encomendadas. Error 2 Programar dentro del Plan de Actividades del Departamento de Orientación tareas que vayan a realizar otros profesores u órganos del centro que no forman parte del DO. Este error guarda relación con lo apuntado en el punto anterior y es bastante frecuente (no solo en opositores) No es extraño ver incluidas en el programa de actividades del DO las tareas que, por ejemplo, van a realizar los tutores con los alumnos.El plan de actividades del DO sólo puede incluir tareas que vayan a realizar los profesores/as que pertenecen a este departamento, de la misma manera que el departamento de matemáticas o el de inglés no programan las tareas que debe realizar el especialista en psicología y pedagogía.Las responsabilidades y tareas de los tutores figuran en el Plan de Acción Tutorial. Las actuaciones que el conjunto del profesorado realice con los ACNEEs deben programarse en el Poyecto Curricular o en las programaciones didácticas, pero no en el plan de actividades del DO. Error 3 Enunciar intenciones genéricas, poco concretas y sin una temporalización Programar consiste en programar tareas y actividades dirigidas a conseguir metas a corto, medio y largo plazo. El plan de actividades del DO debe especificar las actuaciones concretas que se van a llevar a cabo para desarrollar las funciones que el DO y sus componentes tienen encomendadas en los distintos ámbitos de trabajo. Conviene indicar quién o quienes van a ser los responsables de cada tarea, cuándo se van a realizar y con qué medios.Los objetivos deben ser también claros, realistas y evaluables. Una programación ha de ser flexible, pero también ha de servir para guiar el trabajo diario.
Plan Anual de Actividades del Departamento de Orientación La elaboración del Plan anual de actividades del departamento de orientación viene regulada por las Instrucciones de la Dirección General de Renovación Pedagógica de 30 de abril de 1996, publicadas en el BOMEC de 13 de mayo. En coherencia con lo dispuesto en el Real Decreto por el que se establece el Reglamento Orgánico de los Institutos de Secundaria, estas instrucciones indican los tres ámbitos principales en los que han de desarrollar sus funciones los Departamentos de Orientación: El apoyo a los procesos de enseñanza y aprendizaje El apoyo a la orientación académica y profesional El apoyo a la acción tutorial Para cada uno de estos ámbitos, el Departamento de Orientación concreta diferentes tareas a realizar en distintos niveles: La organización general del centro Los departamentos y profesores de las distintas áreas El alumnado Los padres y madres Así pues, el Plan de Actuaciones del Departamento de Orientación, especifica para cada uno de los ámbitos comentados: Los objetivos que se pretenden conseguir Las actuaciones que van a llevarse a cabo Los responsables de cada actuación, señalando en cada caso cuáles de ellas serán competencia del Departamento de Orientación y cuáles se proponen al equipo directivo y a la CCP para que sean asumidas por profesores de otros Departamentos, ya sea como tutores o como responsables de impartir determinadas áreas, materias o módulos. Más ... INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENOVACIÓN PEDAGÓGICA SOBRE EL PLAN DE ACTIVIDADES DE LOS DEPARTAMENTOS DE ORIENTACIÓN. (B.O.M.E.C. de 13 de mayo 1996)INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y ORDENACIÓN EDUCATIVA CURSOS 2000-2001 Y 2001-2002INSTRUCCIÓN 22/2003 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL E INNOVACIÓN EDUCATIVA RELATIVA A LA PLANIFICACIÓN DE LA ORIENTACIÓN EN LOS DEPARTAMENTOS DE ORIENTACIÓN PARA EL CURSO ESCOLAR 2003-2004.NORMATIVA APLICABLE PARA LA DISTRIBUCIÓN DEL HORARIO DEL PROFESORADO DE PSICOLOGÍA Y PEDAGOGÍAEJEMPLOS Y MODELOS DE PLANES DE ACTIVIDADES
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