En materia de responsabilidad patrimonial de la Administraciones Públicas, el artículo 33 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, regula la responsabilidad concurrente de las Administraciones Públicas, disponiendo en su apartado 1 que, cuando de la gestión dimanante de fórmulas conjuntas de actuación entre varias
Administraciones públicas se derive responsabilidad en los términos previstos en la citada Ley, las Administraciones intervinientes responderán frente al particular:
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