Created by Eivar Sterling Sandoval
about 7 years ago
|
||
De los derechos y garantías procesales.
Todos los hombres nacen libres e iguales ante la ley. De esta garantía se derivan los derechos procesales.
Los derechos procesales son un conjunto de garantías que tienen todos los ciudadanos acusados ante una infracción de la ley.
El artículo 28 dice, además, que nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisión o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definidos en la ley.
En el artículo 30 se establece el derecho de Habeas Corpus, el cual establece que si una persona es capturada por orden de un juez, pero si no se le resuelve su situación antes de 36 horas (ósea día y medio), puede exigir que se le deje en libertad inmediata o si es condenada siempre podrá apelar la sentencia, es decir, reclamar ante una autoridad superior para que le sea rebajada o perdonada la pena.
También en la constitución se establece que nadie podrá ser obligado a declarar contra sí mismo o contra sus familiares cercanos. En la actualidad la pena máxima de cárcel es de 60 años en delitos atroces a personas indefensas, por ejemplo homicidio agravado; también eleva a la categoría de delitos la presión, la amenaza y el soborno a los testigos en procesos penales.