No cabe descartarse que el Comicio Centuriado en sus orígenes no fuese otra cosa que:
la reunión de todo el pueblo
el pueblo dispuesto o reunido para la lucha
la exclusiva reunión de patricios
La definición del derecho como "el arte de lo bueno y de lo justo" procede de:
Papiniano
Paulo
Celso
La capacidad de obrar es:
la aptitud para ser titular de derechos y obligaciones
coincide con la condición de persona
la facultad de disposición de aquellos bienes o derechos de los que se es titular.
En Roma el precedente más cercano y semejante al proceso actual es el:
formulario
pretorio
cogintorio
La nota censoria por la que los Censores excluyen a un ex-magistrado para ingresar en el Senado:
no exige justificación alguna
exige señalar expresamente el motivo de indignidad
requiere también la decisión de los Cónsules
La larga vida del régimen político de Roma se extiende durante:
catorce siglos
siete siglos
nueve siglos
Para que una ley resultase aprobada en los Comicios por Tribus hacía falta el voto favorable de:
15 o más tribus
18 o más tribus
17 o más tribus
Los socios publicanos con discrepancias acudirían preferentemente:
al pacto mediante arbitrajes privados
a un juez privado del orden equestre
a un juez privado del orden senatorial
En el derecho anglosajón el Derecho legal se conoce como:
Staute Law
Common Law
Case Law
"Potestas" significa:
saber socialmente reconocido
poder de los magistrados con imperium
poder determinado que se concede a cada magistratura para el desempeño de su concreta función
Es doctrina del Tribunal Constitucional:
la doble naturaleza, subjetiva y objetiva, de los derechos de la persona
enunciar un elenco de derechos fundamentales
ambas respuestas anteriores son ciertas
La magistratura que desempeñó en roma, en mayor medida, la iniciativa legislativa, fue:
la premura
el consulado
la censura
A tenor de las fuentes, el recurso de apelación en Roma habría sido introducido:
con el fin de evitar los frecuentes errores
con el fin de corregir la injusticia e iniquidad de los jueces
por influencia del Cristianismo
La Compilación de Justiniano pasa a llamarse Corpus Iuris Civilis desde el siglo:
XIII
XIV
XV
El artículo 1 del Código Civil dispone:
la jurisprudencia completará el ordenamiento jurídico
la jurisprudencia prevalece sobre el ordenamiento jurídico
los jueces y tribunales pueden resolver sin atenerse al sistema de fuentes establecido
Las funciones de las magistraturas, salvadas las distancias, coincidirán con las actuales de:
Gobierno
Judiciales
Legislativas
El jurisconsulto Domicio Ulpiano:
redacta extensos comentarios al Derecho civil
es una jurista de la época preclásica
realiza la codificación del Edicto
Las acciones penales:
sancionan con penas privativas de libertad
pretenden conseguir una pena consistente en una suma de dinero
persiguen la restitución de lo robado
El Senado participaba en la elaboración de una Ley:
era necesaria su autorización para aprobarla
era obligatorio pedir su opinión
a través de su "auctoritas patrum", es decir, de su parecer no vinculante
La Voz "Directum" o "Derecho" se generaliza en Roma en:
la etapa republicana
la etapa clásica
la etapa postclásica