Cuando decimos que «constituye la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la Junta de Andalucía, sus agencias administrativas y sus instituciones y de los derechos que se prevean liquidar durante el correspondiente ejercicio, así como de las estimaciones de gastos e ingresos señalados en el artículo 31 del Texto Refundido de la Ley General de la hacienda pública de la Junta de Andalucía», nos estamos refiriendo:
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