Un funcionario de la Consejería se encuentra enfermo debido a un fuerte enfriamiento que cogió en un viaje a Sierra Nevada en Navidad. El funcionario pregunta a doña María si, además del correspondiente subsidio por IT, la Junta de Andalucía le va a abonar algún tipo de complemento, y, en caso afirmativo, cuál sería su importe. Ante ello, doña María contestará que...
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No, ya que actualmente la percepción de este tipo de complementos está prohibida por la legislación básica del Estado.
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Sí existen estos complementos, correspondiendo al funcionario percibir el 100 % de las retribuciones que viniera disfrutando.
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Sí existen estos complementos, y al funcionario le corresponde percibir, los 3 primeros días, el 50% de las retribuciones que venía percibiendo en el mes anterior al de causarse la incapacidad; desde el día 4º hasta el 20º (ambos inclusive), el 75 %; y a partir del día 21º, la totalidad de las retribuciones básicas, de la prestación por hijo a cargo, en su caso, y de las retribuciones complementarias.
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Sí existen estos complementos, y al funcionario le corresponde percibir, los 3 primeros días, el 50 % de las retribuciones que venía percibiendo en el mes anterior al de causarse la incapacidad; desde el día 4º hasta el 21º (ambos inclusive), el 75 %; y a partir del día 22º, la totalidad de las retribuciones básicas, de la prestación por hijo a cargo, en su caso, y de las retribuciones complementarias.