I.E.Alberto Mendoza Mayor
SEDE:
Liceo Comercial
AÑO LECTIVO:
2018
LA SOCIEDAD LIMITADA
CARACTERÍSTICAS DE LA SOCIEDAD LIMITADA
La normativa reguladora de las sociedades limitadas define sus características, siendo las más relevantes:
NOMBRE DE DENOMINACIÓN SOCIAL: es el logo o nombre que se le da a una empresa para diferenciarla de otras, deberá ser un nombre que nadie haya registrado antes (habrá que efectuar la pertinente consulta en el registro mercantil central).
CAPITAL SOCIA: el mínimo legal es 3.000 euros totalmente desembolsado, sin existir límite máximo. Pueden estar formadas aportaciones monetarias o en especie, puede ser un cualquier bien, siendo necesario disponer de una valoración de ese bien aceptado por todos los socios fundadores.
DIVISIÓN DE CAPITAL SOCIAL: en participaciones sociales, cuya transmisión tiene ciertas limitaciones legales, contando siempre los demás socios con derecho de preferencia frente a terceros.
ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN:
existen varias opciones, debiendo adaptarse por una en los estatus:
RESPONSABILIDAD DE LA GESTIÓN: recae sobre los administradores, no sobre los socios.
JUNTA GENERAL DE SOCIOS: es el órgano máximo de deliberación y toma de decisiones. Son convocados por los administradores en los seis primeros meses del año para presentar la gestión realizada, aprobar las cuentas anuales y el reparto del resultado. Otros asuntos hablados en las juntas son las modificaciones en los estatus y nombramientos y ceses de administradores.
TRABAJO SENA
CONTRA JORNADA MAÑANA
GRACIAS POR SU ATENCIÓN.