Aprobada por la Asamblea Genral de Naciones Unidas 20 NOV 1959 Ratificada por el Estado Español 30 NOV 1990
Declaracion de los Derechos de los niños
Declaracion de los Derechos de las familias
Declaracion de la Privacidad de los niños
DEFINICION Y FINALIDAD DE ACOGIMIENTO RESIDENCIAL -Equar se define el..
Acogimiento Residencial
Acogimiento Familiar
Acogida en Hogares
Medida de proteccion destinada a niños que no pueden permanecer en sus hogares y mediante la cual se les proporcina un lugar de residencia y convivencia que cumpla con el cometido de una adecuada satisfaccion de las necesidades de proteccion,educacion y desarrollo, incluyendo las actuaciones terapeuticas y rehabilitadoras que sean necesarias
Medida destinada a los que no pueden permanecer en sus hogares y mediante la cual se les proporciona un lugar de residencia y convivencia que cumpla con el cometido de una adecuada satisfaccion de las necesidades de proteccion educacion y desarrollo incluyendo las actuaciones terapeuticas y regabilitadoras que sean necesarias
Medida transitoria que se establece cuando existe una situacion de crisis en la familia del menor y se preve la recuperacion de esta a corto plazo
ACOGIMIENTO RESIDENCIAL -Esta medida se fundamienta en 3 caracteristicas:
-Su caracter educativo,en el sentido mas integral
-Caracter instrumental,esta al servicio de un Plan de Caso que contempla finalidad estable y normalizada
-Temporalidad,en cuanto que requieran un hogar de sustitucion por tiempo indefinido o muy larga estancia deben orientarse hacia el acogimiento familiar
-Caracter familiar,siempre se mirara por el bien de la familia
TIPOLOGIA DE RECURSOS ( HOGARES,CAI,CAME) -Decreto 40/2000,15 Marzo, se aprueba Reglamento de Organizacion y Funcionamiento de los centros de atencion a menores modificado por:
Decreto 36/2002,8 Abril Se aprueba Reglamento de Organizacion y Funcionamiento de los Centros para la ejecucion de medidas de internamiento de menores y jovenes infractores dictadas por Juzgado de menores
Decreto 34/2002,10 Abril Se apruba el Reglamento de Organizacion de los Centros de menores y jovenes dictadas por un Juzgado
TIPOLOGIA DE RECURSOS (HOGARES,CAI,CAME) -Tipos de Centro: Por su titularidad...
Pueden ser publicos,titular la Administracion Publica
Pueden ser privados, entidad colaboradora reconocida conforme a lo dispuesto en la Ley 1/1997,7 FEBR,Atencion Integral a menores
Puede ser particular
TIPOLOGIA DE RECURSOS(HOGARES,CAI,CAME) -Por las caracteristicas de menores atendidos...
-Centros de caracter preventivo o protector
-Centros de caracter diurno
Centros especializados
TIPOLOGIA DE RECURSOS(HOGARES,CAI,CAME) -Caracter preventivo:
Destinados a evitar prosibles situaciones de riesgo o desamparo,asi como a corregir la carencias que dificultan el desarrollo normal de los menores en dicha situacion
Atienden a menores en grave riesgo o cualquiera otra causa que exija una intervencion inmendiata,o cuya tutela o guarda haya sido asumida por la Direccion Genreal de Proteccion del menor y la Familia (DGPMF)
Medida transitoria que se establece cuando existe situacion de crisis en la familia del menor y se preve la recuperacion de esta a corto plazo
TIPOLOGIA DE RECURSOS (HOGARES,CAI,CAME) Por las caracteristicas de menores atendidos... -Caracter protector:
Destinados a corregir carencias
TIPOLOGIA DE RECURSOS (HOGARES,CAI,CAME) -Centros de caracter Preventivo
Centros de dia
Centros de Acogida temporal a menores-familias monoparentales
Centro de menores
CAI
TIPOLOGIA DE RECURSOS (HOGARES,CAI,CAME) -Centros de caracter Protector
Centros de Acogida Inmediata
Centros de menores
Centros de Acogida Temporal
ART.12 del Decreto 40/2000,15 MARZ -Caracteristicas comunes de los Centros
Deben cumplir con la legislacion vigente en cuanto a normas sanitarias,arquitectonicas y de seguridad e higiene,asi como las que se establezcan en el presente Reglamento y en las ordenes que lo desarrollen
Salvo que las circustancias especificas aconsejen otro emplazamiento,los centros han de estar ubicados en el casco urbano o , proximos al mismo,en zona salubre no peligrosa para la integridad de los menores;en lugares de facil acceso adecuada red de transportes publicos y cercano a los equipamientos y recursos comunitarios
ACOGIDA EN HOGARES
La Acogida de menores en Hogares en la C.A.C esta regulada por el Programa Canario de acogimiento familiar
La Acogida de menores en Hogares en la C.A.C esta regulada por el Programa Canario de acogimiento
La Acogida de menores en Hogares en la C.A.C esta regulada por el Programa del Cabildo de acogimiento familiar
Iniciativa que busca que los menores que estan bajo proteccion no pueden permanecer temporalmente con su familia biologica sean acogidos por una familia ajena
Iniciativa que busca que permanezcan con su familia temporalmente
ACOGIDA EN HOGARES -Objetivos principales del Programa de Acogimiento Familiar de DGPMF del Gobierno de Canarias:
Potenciar acogimiento familiar como alterativa de convivencia no institucional,manteniendo en la medida de lo posible ,vinculo y relacion con la familia de orgien hasta posible reunificacion familiar
Incrementar el nº de familias acogente
Proporcionar el apoyo necesario a las familias acogentes,mediante formacion,seguimiento,asesoramiento tecnico,evaluacion continua y actividades grupales con las familias
MODALIDADES DE ACOGIMIENTO FAMILIAR EN HOGARES DE FAMILIA AJENA
Ambas sin finalidad adoptiva
Ambas con finalidad adoptiva
MODALIDADES DE ACOGIMIENTO FAMILIAR EN HOGARES DE FAMILIA AJENA -Dos modalidades
Agomiento familiar simple
Acogimiento familiar permanente
Acogimiento familiar revisable
MODALIDADES DE ACOGIMIENTO FAMILIAR EN HOGARES DE FAMILIA AJENA -Dos modalidades: ACOGIMIENTO FAMILIAR SIMPLE
No existiendo prevision a corto plazo de reintegracion en su familia,los deseos personales del menor o las especificas circunstancias de su situacion,como su edad,aconsejan una integracion estable y duradera en otra familia,sin finalidad adoptiva
MODALIDADES DE ACOGIMIENTO FAMILIAR EN HOGARES DE FAMILIA AJENA -Dos modalidades: ACOGIMIENTO FAMILIAR PERMANENTE
No existiendo prevision a corto plazo de reintegracion en su familia,los deseos personales del menor o las especificas circunstancias en su situacion,como su edad,aconsejan una integracion estable y duradera en otra familia,sin finalidad adoptiva
Acogimiento de corta duracion,tiempo necesario para realizar evaluacion del caso
En este tipo de acogimiento en muchos casos,el menor mantiene vinculo con su familia de origen, por lo que ha de establecerse regimen de visitas que garantice la continuidad del proceso
En este tipo de acogimiento el menor no mantiene vinculo con su familia de origen, por lo que no ha de establecerse regimen de visitas que garantice el proceso
MODALIDADES DE ACOGIMIENTO FAMILIAR EN HOGARES DE FAMILIA AJENA 1.Acogimiento familiar simple: TIPO de Acogimiento Simple
Acogimiento Familiar de Urgencia: destinado a niños que deben ser separados de forma imprevista o urgente de su entorno natural.Es un acogimiento de corta duracio,tiempo necesario para realizar evaluacion del caso
Acogimiento familiar: destinado a los niños que por orden judicial son separados de su entorno. Es un acogimiento de corta duracion,tiempo necesario para realizar evaluacion del caso
MODALIDADES DE ACOGIMIENTO FAMILIAR EN HOGARES DE FAMILIA AJENA 1.Acogimiento familiar simple: Temporalidad
entre 6 y 18 meses
entre 5 y 10 meses
entre 8 y 13 meses
MODALIDADES DE ACOGIMIENTO FAMILIAR EN HOGARES DE FAMILIA AJENA Acogimiento familiar permanente:
No existiendo prevision a corto plazo de reintegracion en su familia,los deseos personales del propio menor o las especificas circunstancias de su situacion,como su edad,aconsejan una integracion estable y duradera en otra familia,sin finalidad adoptiva
No existiendo prevision a corto plazo de reintegracion en su familia, y aconsejan una integracion estable y duradera en otra familia,con finalidad adoptiva
En este tipo de acogimiento,en muchos casos,el menor mantiene vinculo con su familia de origen,por lo que ha de establecerse regimen de visitas que garantice la continuidad del proceso
En este tipo de acogimiento,en la mayoria de los casos no se mantiene vinculo con su familia de origen, y si se mantuviese un vinculo, seria solamente estableciendo llamadas
CENTROS DE ACOGIDA INMEDIATA (CAI) D 40/2000,15 MARZ,se regula el funcionamiento de este tipo de centros:
art.13: Son centros de acogida inmediata los que atienden a menores en grave riesgo o cualquier otra causa que exija una intervencion inmediata,o cuya tutela o guarda ha sido asumida por la Direccion general de proteccion al menor y la familia (DGPMF)
art.13: Son centros de acogida inmediata cuya tutela o guarda haya sid asumida por DGPMF
CENTROS DE ACOGIDA INMEDIATA (CAI) Su objeto:
Proteger al menor y procurar su bienestar,a cuyo efecto se analizara y valorara la problematica personal,social y familiar de los menores acogidos,para los que se emitiran los informes psicologicos,pedagogicos, sociofamiliares y medicos-sanitario que sean necesarios a fin de proponer las medidas de amparo mas adecuadas a su circunstancias o necesidades.
Proteger y procurar el bienestar del menor,a cuyo efecto se analizara y valorara solo la problematica sociofamiliar
CENTROS DE ACOGIDA INMEDIATA (CAI) Estancia:
Se limitara al tiempo estrictamente necesarios,procurando que no supere los 30 dias
Se limitara al tiempo estrictamente necesario,procurando que no supere los 40 dias
CENTROS DE ACOGIDA INMEDIATA (CAI) EL PLAN INSULAR DE ATENCION AL MENOR Y A LA FAMILIA DE TENERIFE definen los CAI...
Como centros de acogida temporal,dirigidos a la atencion, con caracter de urgencia y en horario ininterrumpido,de menores que se encuentran en grave situacion de desproteccion
Teniendo como objetivo el estudio y diagnostico del menor y su entorno sociofamiliar,a fin de determinar el plan de caso a seguir,establecer la medida y recurso de proteccion mas adecuado
Teniendo como objetivo el estudio de su familia cercana y extensa para asi determinar el plan de caso y ver el recurso mas adecuado
CENTROS DE ACOGIDA INMEDIATA (CAI) -Objetivos de estos centros:
atender a menores que precisen inmediata separacion de la unidad familiar
Garantizar satisfaccion de su necesidades biologicas, educativas,afectivas y sociales,en ambiente de seguridad y proteccion
Estudiar cada caso y establecer pronostico del caso,priorizando la convivencia familiar siempre que sea posible
Garantizar intervencion educativa que potencia y posibilite el desarrollo de iniciativas y decisiones del niño desde su competencia individual
Potenciar experiencias de aprendizaje y el acceso a los recursos sociocomunitarios
CENTROS DE ACOGIDA INMEDIATA (CAI) Perfil del usuario:
Menores de 18 años,situacion grave de desamparo y que requieran una intervencion inmediata y separacion urgente de la familia
Menores con medidas de guarda o tutela administrativa,guarda judicial,en situacion de desamparo por via de urgencia no suficientemente informada,pendiente de valoracion exahustiva para derivacion a otro recurso o reunificacion familiar,con seguimiento por parte de servicios sociales del ayuntamiento
Menores que se han quedado huerfanos
CENTROS DE ACOGIDA INMEDIATA (CAI) Criterios de acceso:
Menores en situacion extrema de gravedad a los que se le implica una resolucion administratia o judicial de guarda o desamparo,aunque sea de forma provisional
Menores a los que se les implica una resolucion administrativa aunque no sea de forma provisional
CENTROS DE ACOGIDA INMEDIATA (CAI) Servicios:
-Acogimiento y convivencia -Alojamiento y manuntencion
-Actividades educativas -Actividades formativas y de insercion sociolaboral
-Actividades culturales -Actividades de Ocio y tiempo libre
-Apoyo psicosocial -Integracion comunitaria
-Preparacion para las medidas de amparo adoptadas
Preparacion para la vida adulta
CENTRO DE MENORES D 40/2000,15 MARZ art.17
Son Centros de menores aquellos en que los menores,cuya tutela o guarda ha sido asumida por la DGPMF,reciben atencion integral durante el tiempo necesario para conseguir la reintegracion en su familia de origen o cuando no sea posbile,insercion en acogimiento familiar o adopcion,o, hasta que cumpla mayoria de edad o se enmacipe
Recibe atencion integral durante un maximo de tiempo, para conseguir reintegracion con su familia
CENTRO DE MENORES Su objeto:
Ofrecer atencion y educacion integral en un marco de convivencia adecuado durante su periodo de estancia en el centro,fomentando su autonomia personal y su integracion en el ambito comunitario a traves de programas adecuados que posibiliten el desarrollo de sus capacidades.
Ofrecer integracion en el ambito comunitario a traves de programas adecuados
CENTRO DE MENORES Objetivos:
Potenciar el maximo desarrollo y crecimiento personal, ofreciendole atencion y educacion integral,en un marco de convivencia adecuado,donde se fomente su autonomia y su integracion comunitaria,a traves de programas de intervencion adecuados
Constituir un entorno de seguridad y proteccion,donde puedan generarse experiencias de aprendizaje basadas en adecuados modelos educativos de responsabilidad y relacion positiva
Integrar a los menores en los principales contextos de socializacion: escuela,comunidad,intensificando la utilizacion de recursos
Procurar el desarrollo integral mediante una accion educativa definida en el PEI y en el Programa de Centros/Hogar ambos dirigidos a: -Cubrir necesidades fisicas,cognitivas,morales,afectivas,relaciones de los niños -Facilitar su autonomia personal para su incorporacion a la vida social -Propiciar encuentros con la familia de origen,procurando el establecimiento de relaciones estables que faciliten la reunificacion -Preparar a los que sean suceptibles de acogimiento o adopcion para su integracion en la nueva familia -Favorecer la integracion sociofamiliar de los menores
CENTRO DE MENORES: Perfil del usuario:
Menores,guarda o tutela administrativa o judicial,que se acuerda ejercer en acogimiento residencial
Menores se que se acuerda facilitar su autonomia personal
CENTRO DE MENORES: Criterios de acceso
El acceso se realizara mediante mandamiento administrativo o judicial
Se acordara el ingreso cuando este en periodo de observacion,tiempo estrictamente necesario,o cuando resto de medidas de amparo sean inviables
CENTRO DE MENORES art.18. Capacidad:
diez
nueve
once
ocho
CENTRO DE MENORES: art.19. Servicios: a las familias
Se les propocionara por los equipos especializados de centros y familia,dependientes de los Cabildos insulaes,el apoyo y orientacion tecnica necesaria para que pueda ser integrado a su propio hogar familiar en condiciones que permitan su desarrollo y formacion integral
Cuando no sea posible su reinsercion, se proporcionara la atencion y formacion necesaria para su adaptacion a la medida de amparo que sea mas conveniente,o, para obtener su autonomia e independencia personal y su inmediata integracion social
CENTRO DE MENORES Servicios que prestan en los Centros:
Acogimiento y convivencia
alojamiento y manuntencion
Actividades educativas
Integracion sociocomunitaria
Apoyo psicosocial
CENTRO DE MENORES Ratio y criterios
Residencia con max 40 plazas,subdivididas max en 8 menores
1 educador y personal de apoyo para cada 8 menores
2 educadores para cada 10 menores
CENTRO DE MENORES Recursos humanos ( resid.40 plazas)
1 director,2 educadoras responsables,20 auxiliares educativos,personal de cocina,limpieza y mantenimiento
1 director,1 encargado,1 educador responsable, 18 auxiliares educativos,personal de limpieza y mantenimiento
CENTRO DE MENORES Criterios de territorializacion
cumplir criterios maximos de cercania al lugar de origen
No hace falta cumplir con todos los criterios de cercania al lugar de origen
CENTRO DE MENORES Agentes implicados
Equipo educativo de centro
personal tecnico UIF y equipos de intervencion directa
DGPMF
Profesionales de los recursos comunitarios
Juzgado y Fiscalia
Cuerpos y fuerzas de seguridad del estado
Los padres y familiares cercanos