Niños que ingresen con sus madres
¿qué será de aplicación supletoria en aquellas Comunidades Autónomas que ejercen competencias de ejecución de la legislación penitenciaria estatal en virtud de su potestad de auto organización?
¿ cómo se efectuará el ingreso de una persona en prisión?
Qué extremos deben constar en el supuesto de que la orden de detención proceda de la policía judicial?
DA-DE-DI-HO
¿cuando la orden de detención hubiese sido acordada por el Ministerio Fiscal qué datos constarán en la orden?
¿a que tendrán derecho los internos extranjeros en el ingreso?
En caso de presentación voluntaria de un interno en el centro penitenciario ¿cómo se debe de proceder?
Cómo proceder a el director en el caso de los ingresos voluntarios ?
Cómo se procederá en los casos de ingresos voluntarios de internos evadidos que decidiesen reingresar en un establecimiento distinto del originario?
En qué casos se procederá a la excarcelación del interno que hubiese ingresado voluntariamente en un centro penitenciario?
Quién deberá acordar la libertad de los detenidos y presos?
Cómo se procederá una vez recibido en el centro el mandamiento de libertad?
Antes de que el director extienda la orden de libertad a que se refiere el apartado 2 del artículo 22 ¿que se deberá hacer y quién lo deberá hacer?
Art 243 medidas cautelares
Las acuerda?
A propuesta de?
Cuando?
Donde deben quedar reflejadas?
Se notifican a?
Se ponen en conocimiento de?
Art 22. 4
Quien procederá a realizar la identificación de quien haya de ser liberado, cotejando las huellas dactilares y comprobando los datos de filiación?
Que más hará dicho funcionario?
22.4 in fine
Que se extenderá en el expediente personal del detenido o preso?
En el expediente personal del detenido o preso se extenderá la oportuna diligencia del mandamiento de libertad, expidiéndose y remitiéndose certificaciones de la misma a quien?
Cuando no se hubiere recibido orden o mandamiento de libertad o de prisión expedido por la autoridad competente, los detenidos serán excarcelados por el Director del establecimiento o quien reglamentariamente le sustituya ¿en que momento?
En los supuestos a que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 15 de este
Reglamento ¿cómo procedera el Director?
¿A que tienen derecho los internos extranjeros a su ingreso?
¿se admitira siempre quien se presente voluntario en un centro penitenciario?
¿Donde se hará constar la presentación voluntaria? ¿que se le deberá facilitar a este?
¿como procedera el Director en el caso de ingresos voluntarios?
¿Y Cuando se trate de internos evadidos que decidiesen voluntariamente reingresar en un establecimiento distinto del originario?
¿que podran hacer Las internas que tuviesen en el exterior hijos menores de tres años bajo su patria potestad?
¿que fomentara la Administración Pntc con respecto a los hijos menores de 3 años que permanezcan con sus madres en prisión?
¿Una vez Admitido en el establecimiento un recluso, como se procederá?
Si en la orden o mandamiento de ingreso se dispusiera la incomunicación del detenido o preso, ¿como se procedera una vez cumplimentado lo establecido en la pregunta anterior?
En caso de incomunicación ¿con quien podrá comunicar?
¿sobre que emitirán un informe los profesionales que se entrevistaran con los detenidos y presos? Conteste primero quienes son estos profesionales
¿quien elaborará el modelo individualizado de intervención?
la Junta de Tratamiento, de acuerdo con el informe del trabajador social y el educador ¿que valorará a fin de elaborar el modelo individualizado de intervención?
¿que respetara la Junta de Tratamiento, cuando, de acuerdo con dicho informe, valore aspectos tales como ocupación laboral, formación cultural y profesional o medidas de ayuda, a fin de elaborar el modelo individualizado de intervención?
¿que profesionales se entrevistaran con los internos penados tras ser reconocidos por el Medico?
¿sobre que aspectos formulará la Junta de Tratamiento el PIT?
La estancia de preventivos o penados en el departamento de ingresos será, como máximo, de cinco días ¿por que motivos podrá prolongarse? ¿a quien habra de darle cuenta de la prolongación?
¿que sera necesario para poder proceder a la liberación de los condenados a penas privativas de libertad ?
Con una antelación mínima de __ ___ al cumplimiento de la condena, el Director del establecimiento formulará __ _____ _______ una propuesta de libertad definitiva para el día en que el penado deje previsiblemente extinguida su condena, con arreglo a la _____ _____ __ __ _______.
¿cuando reiterará el Director la propuesta al Tribunal sentenciador, significándole que, de no recibirse orden expresa en contrario, se procederá a liberar al recluso en la fecha propuesta?
¿quien formulara las propuestas de libertad definitiva de los liberados condicionales?
¿Donde se extenderá la oportuna diligencia de libertad definitiva, tanto si la liberación tiene lugar en el centro como si la última parte de la condena se ha cumplido en situación de libertad condicional?
¿A quien se expediran y remitiran certificaciones de la libertad definitiva?
Cuando la liberación definitiva de los penados se produzca por aplicación de medidas de gracia, el Director del centro se abstendrá, en todo caso, de poner en libertad a los penados sin haber recibido ¿que?
En el caso de que el penado fuese un extranjero sujeto a medida de expulsión posterior al cumplimiento de la condena, conforme a lo dispuesto en la legislación de extranjería, el Director notificará la fecha previsible de extinción de la condena a la autoridad competente, para que provea lo necesario con arreglo a lo dispuesto en la legislación vigente, ¿en que momento?
Una vez recibida la orden de libertad definitiva o condicional ¿como se cumplimentará en lo que atañe a la Oficina de Régimen?
Comprobado por la Oficina de Régimen que el penado no está sujeto a otras responsabilidades, ¿como se procederá?
Los Directores de los establecimientos retendrán a los penados que, habiendo extinguido una condena, tengan alguna otra pendiente de cumplimiento ¿a quien se lo comunicaran?
Los Directores de los establecimientos retendrán a los penados que tengan pendiente otra causa en que se haya decretado prisión provisional ¿a quien lo comunicara el Director?
En el momento de la excarcelación de detenidos, presos o penados, ¿que se expedirá y entregará al liberado?
¿En que caso al excarcelar a detenidos, presos o penados, se expedirá y entregará al liberado informe sobre su situación sanitaria y propuesta terapéutica?
En el momento de la excarcelación si el interno careciese de medios económicos
¿como procederá la Administración Penitenciaria?
completa:
Artículo 31. Competencia para ordenar traslados y desplazamientos.
1. Conforme a lo establecido en el artículo 79 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, el CD tiene competencia exclusiva para...
¿en base a que ordenará el centro directivo los traslados correspondientes?
¿quien ordenará los desplazamientos de los detenidos y presos que le sean requeridos por las autoridades competentes?
¿A quien se notificaran los traslados?
¿ Por quien se llevarán a cabo las órdenes de conducción de los reclusos, dictadas por el centro directivo?
¿como se haran las salidas de los internos para la práctica de diligencias o para la celebración de juicio oral?
¿de quien y con que antelación las autoridades judiciales o gubernativas recabarán la conducción oportuna del interno?
¿que deberá hacer la Dirección del establecimiento en el caso de que una autoridad judicial interese el traslado de un penado que no esté a su disposición para la práctica de diligencias?
Artículo 35. Consulta o ingreso en hospitales no penitenciarios.
1. La salida de internos para consulta o ingreso, en su caso, en centros hospitalarios no penitenciarios será acordada por?
La salida de internos será acordada por el centro directivo.
Acordada la conducción para consulta o ingreso, en su caso, en centros hospitalarios no penitenciarios a quien solicitará el Director del establecimiento la fuerza pública que deba realizar la conducción y encargarse de la posterior custodia del interno en el centro hospitalario no penitenciario, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 155.4.
¿Como se procederá encaso de urgencia, según dictamen médico?
Artículo 36. Forma y medios.
1. Los desplazamientos de detenidos, presos y penados se efectuarán de forma que se
respete su dignidad y derechos y se garantice la seguridad de su conducción.
2. Se llevarán a cabo por el medio de transporte más idóneo, generalmente por
carretera, en vehículos adecuados y bajo custodia de la fuerza pública.
¿Que nos dice el punto 3 de este artículo que se podrá hacer excepcionalmente y sólo en casos de urgencia o necesidad perentoria?
¿quienes podrán realizar los
desplazamientos por sus propios medios sin vigilancia y con autorización de quien?
Los penados clasificados en tercer grado y los clasificados en segundo grado que
disfruten de permisos ordinarios, podrán realizar, previa autorización del centro directivo, los desplazamientos por sus propios medios sin vigilancia. ¿Cómo habrá que proceder cuando se trate de comparecencias ante órganos judiciales?
¿Mediante que se hará entrega de los internos a los efectivos de las Fuerzas de Seguridad?
Artículo 38. Entrega a la fuerza pública.
1. La entrega de los internos a los efectivos de las Fuerzas de Seguridad se hará
mediante acta suscrita ¿por quien?
Artículo 38. Entrega a la fuerza pública.
1. La entrega de los internos a los efectivos de las Fuerzas de Seguridad se hará
mediante acta suscrita por el Jefe de la escolta ¿que se indicará e dicha acta?
Artículo 38. Entrega a la fuerza pública.
1. La entrega de los internos a los efectivos de las Fuerzas de Seguridad se hará
mediante acta suscrita por el Jefe de la escolta, en la que se indicará la hora de salida y una referencia a la orden que disponga la conducción, ¿que se indicará, además, cuando se estime preciso?
Art. 38 Entrega a la fuerza pública
2. El Jefe de la fuerza conductora, al hacerse cargo de los internos para su traslado a otro centro penitenciario, ¿de que se hará cargo también?
¿Que establecimiento proporcionará a los internos racionado en frío ¿el de origen o el de destino?
4. Por el centro de origen se acompañará el expediente médico del interno ¿que se hará constar en su caso?
Cuando los conducidos tengan que pernoctar, en condición de tránsitos en un centro penitenciario, ¿donde serán alojados?
Cuando por causa de fuerza mayor no pudiera la conducción llegar a su destino, el Jefe de la fuerza conductora podrá instar, mediante petición escrita, la admisión de los reclusos en el centro penitenciario más próximo, cuyo Director dará cuenta de dicha circunstancia ¿a quien?
1. Si por razón de enfermedad del interno u otra causa justificada no pudiera hacerse cargo del mismo la fuerza conductora, ni hubiera sido factible avisar de la incidencia con antelación suficiente ¿como se procederá?