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Una disgresión interesante sobre cómo clasificar los controles, la ofrece Duverger, 2003, a partir de:
1. Las personas controladas: administradores o contables.
2. Naturaleza de los hechos sujetos a control: ingresos o gastos.
3. Momento de control: a priori o a posteriori.
4. Naturaleza de los organismos controladores: administrativos (Gerente Público), jurisdiccionales (tribunales) o políticos (Congreso).
Duverger, Maurice. Hacienda Pública. Barcelona, Bosch. 2003