En el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador hace referencia a la administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación Asamblea Nacional, 2008:
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