A. Se realizará al representante de la misma o a un empleado, debiéndose recoger el sello de la empresa en la documentación de Correos (por ejemplo, en la hoja de reparto o en un Aviso de Llegada) y en su caso en el Aviso de Recibo, además de la identificación y firma del receptor. Si no dispone de sello, junto a la firma, se consignará "Carece de sello" (en el caso de usar PDA esta mención se hará en un Aviso de Llegada).