Según el artículo 3 de la Orden EDU/2503/2010, de 16 de septiembre, por la que se
regulan los criterios y el procedimiento para la suscripción de convenios de
colaboración con instituciones titulares de centros extranjeros previstos en el Real
Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el
exterior, para suscribir un convenio de colaboración con el Ministerio de Educación,
los centros interesados deberán cumplir, entre otros, con uno de los objetivos y
requisitos siguientes:
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