null
US
Info
Ratings
Comments
Mind Map
by
Leidy Estefany Alvarez Vega
, created
more than 1 year ago
Mind Map on ARRENDAMIENTO COMERCIAL, created by Leidy Estefany Alvarez Vega on 07/10/2015.
Pinned to
15
0
0
No tags specified
Created by
Leidy Estefany Alvarez Vega
about 9 years ago
Rate this resource by clicking on the stars below:
(0)
Ratings (0)
0
0
0
0
0
0 comments
There are no comments, be the first and leave one below:
To join the discussion, please
sign up for a new account
or
log in with your existing account
.
Close
3698507
mind_map
2016-09-29T00:31:28Z
ARRENDAMIENTO COMERCIAL
Está regulado en la ley comercial, decreto 410
de 1971, en los articulo 515 a 533.
CONCEPTO
Se entiende por establecimiento de comercio un conjunto de bienes
organizados por el empresario para realizar los fines de la empresa. Una misma
persona podrá tener varios establecimientos de comercio, y, a su vez, un solo
establecimiento de comercio podrá pertenecer a varias personas, y destinarse al
desarrollo de diversas actividades comerciales
Se entiende como establecimiento de comercio, un conjunto
de bienes de diversa naturaleza, dispuestos por el empresario
hacia un fin preestablecido, en consideración al cual, todos
sirven según su naturaleza y cantidad
RENOVACIÓN
El empresario que a título de arrendamiento haya ocupado no
menos de dos años consecutivos un inmueble con un mismo
establecimiento de comercio, tendrá derecho a la renovación del
contrato al vencimiento del mismo, salvo en los siguientes casos:
Cuando el arrendatario haya incumplido el
contrato
Cuando el propietario necesite los inmuebles para
su propia habitación o para un establecimiento
suyo destinado a una empresa sustancialmente
distinta de la que tuviere el arrendatario
Cuando el inmueble deba ser reconstruido, o reparado con obras
necesarias que no puedan ejecutarse sin la entrega o
desocupación, o demolido por su estado de ruina o para la
construcción de una obra nueva
PREFERENCIA AL ARRENDATARIO
El arrendatario tendrá derecho a que se le prefiera, en igualdad de
circunstancias, a cualquier otra persona en el arrendamiento de los locales
reparados, reconstruidos o de nueva edificación, sin obligación de pagar primas
o valores especiales, distintos del canon de arrendamiento, que se fijará por
peritos en caso de desacuerdo.
SUBARRIENDO
El arrendatario no podrá, sin la autorización expresa o tácita del arrendador, subarrendar totalmente
los locales o inmuebles, ni darles, en forma que lesione los derechos del arrendador, una
destinación distinta a la prevista en el contrato. El arrendatario podría subarrendar hasta la mitad los
inmuebles, con la misma limitación.
CAUCIÓN
Caución significa generalmente cualquiera obligación que se contrae para la
seguridad de otra obligación propia o ajena. Son especies de caución la
fianza, la hipoteca y la prenda
MEJORAS
Si el propietario no da a los locales el destino indicado o no da principio a las
obras dentro de los tres meses siguientes a la fecha de la entrega, deberá
indemnizar al arrendatario los perjuicios causados, según estimación de peritos.
Igual indemnización deberá pagarle si en esos mismos casos arrienda los locales, o
los utiliza para establecimientos de comercio en que se desarrollen actividades
similares a las que tenía el arrendatario.
BIBLIOGRAFIA : Bonivento Fernandez, J. A. (2015). Los Principales Contratos Civiles y su Paralelo con
los Comerciales.
Double click this node
to edit the text
Click and drag this button
to create a new node
New
0
of
0
Go to link
Track All
Untrack All
3698507
mind_map
2016-09-29T00:31:28Z
You need to log in to complete this action!
Register for Free