Artículo 88. Cumplimiento de la misión.
En caso de conflicto armado, alentado por la legalidad y legitimidad de su causa y el apoyo (A ⚠ ), el militar actuará siempre con inquebrantable voluntad de vencer. El combatiente concentrará su atención y esfuerzo en el cumplimiento de la misión de su unidad con plena entrega, sacrificio y energía para conseguir el objetivo asignado.
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