19. En casos de extraordinaria y urgente necesidad, se podrá habilitar a los funcionarios del Ayuntamiento de Madrid que sean Licenciados en Derecho, para que ejerzan funciones propias de Letrado, con carácter provisional y sin ocupar, en ningún caso, puesto de Letrado. ¿En qué plazo se extinguirá esta habilitación si no se revoca previamente?
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