170.- Producto de un altercado entre dos estudiantes dentro de una Institución Educativa, las autoridades de dicha Institución piden que la Comisión de Disciplina investigue y sancione los hechos, la Comisión emite el oficio ITSB_VICER-2013-102-M, mediante el cual se suspenden las actividades educativas a uno de los estudiantes por 15 días, sanción apegada al Art.331 numeral 2 del Reglamento General a la ley Orgánica de Educación Intercultural, en el cuál también se menciona como organismo sustanciador de procesos a la Instituciones educativas y a las Juntas Distritales de Resolución de conflictos. La comisión en ningún momento se reunió con los menores en cuestión para conocer los hechos, ni solicitó que estos organicen la respectiva defensa.
Los accionantes consideran que existe vulneración de Derechos Constitucionales, de ser el caso. ¿Qué acciones propondría como abogado defensor del estudiante sancionado?
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