Las aptitudes psicofísicas pertenecientes al grupo 1 requeridas a los titulares de permiso de conducción de las clases AM, A1, A2, A, B o B+E, cuando vayan a impartir alguno de estos permisos, y las aptitudes psicofísicas pertenecientes al grupo 2 requeridas a los titulares de permiso de conducción de las clases C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E o D, D+E, cuando vayan a impartir clase de alguno de estos permisos.