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Los Jueces y Magistrados, así como los Fiscales, mientras se hallen ( en activo, trabajando, de servicio ), no podrán desempeñar otros cargos ( públicos, privados, públicos o privados ), ni pertenecer a partidos políticos ( o, y ) sindicatos. La ley establecerá el sistema y modalidades de asociación profesional de los Jueces, Magistrados y Fiscales.