TRAS LAS SEGUNDA G.M. ¿CUANDO SE CREÓ UN COMITÉ? ¿Y EN QUÉ LUGAR? PARA EL ESTUDIO DE LA UNIDAD EUROPEA
EN 1949 EN LONDRES
EN 1948 EN LA HAYA
EN 1947 EN BRUSELAS
EN 1946 EN ROMA
¿EL COMITÉ PARA EL ESTUDIO DE LA UNIDAD EUROPEA DE CUANTOS MIEMBROS ESTABA FORMADO?
POR SEIS MIEMBROS
POR DOCE MIEMBROS
POR DIECISÉIS MIEMBROS
POR DIECIOCHO MIEMBROS
LOS MIEMBROS DEL COMITÉ DE ESTUDIO DE LA UNIDAD EUROPEA ¿A QUÉ PAÍSES PERTENECÍAN?
ALEMANIA, LUXEMBURGO, HOLANDA, FRANCIA Y GRAN BRETAÑA
DINAMARCA, IRLANDA, ITALIA, NORUEGA, SUECIA
BÉLGICA, LUXEMBURGO, HOLANDA, FRANCIA Y GRAN BRETAÑA
BÉLGICA, LUXEMBURGO, HOLANDA, FRANCIA E ITALIA
EL COMITÉ DE ESTUDIO DE LA UNIDAD EUROPEA, ¿QUE ORGANISMO INTERNACIONAL DECIDIÓ CREAR? ¿Y EN QUE FECHA?
EL CONSEJO DE EUROPA EL 05 DE MAYO DE 1949
LA CEE EL 05 DE DICIEMBRE DE 1950
EL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANO EL 05 DE MARZO DE 1949
EL CONSEJO PARA EL CONTROL DE LA ENERGÍA NUCLEAR EL 05 DE DICIEMBRE DE 1948
¿CÓMO SE DENOMINA AL ACUERDO POR EL QUE SE CREÓ EL CONSEJO DE EUROPA?
TRATADO DE BRUSELAS
TRATADO DE AMSTERDAM
TRATADO DE LONDRES
TRATADO DE ROMA
¿QUÉ PAÍSES PARTICIPARON EN LA FIRMA DEL TRATADO QUE APROBÓ LA CREACIÓN DEL CONSEJO DE EUROPA?
LOS CUATRO PAÍSES DEL PACTO DE BRUSELAS + DIN, IRL, ITA, NOR, SUE
LOS CINCO PAÍSES DEL PACTO DE BRUSELAS + DIN, IRL, ITA, NOR, SUE
LOS CUATRO PAÍSES DEL PACTO DE BRUSELAS + DIN, IRL, ITA, NOR, AUS
LOS CUATRO PAÍSES DEL PACTO DE BRUSELAS + ALE, IRL, ITA, NOR, SUE
¿EN QUÉ CIUDAD FIJÓ SU SEDE EL CONSEJO DE EUROPA?
EN EDINBURGO
EN SAN PETESBURGO
EN ESTRASBURGO
EN BRUSELAS
¿INICIALMENTE CON QUE ÓRGANOS CONTÓ EL CONSEJO DE EUROPA?
CON UN COMITÉ DE MINISTROS A NIVEL DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS Y DE UNA ASAMBLEA DE CARÁCTER CONSULTIVO
CON UN COMITÉ DE MINISTROS A NIVEL DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS, DE UNA ASAMBLEA DE CARÁCTER CONSULTIVO Y DE UN TRIBUNAL DE JUSTICIA.
CON UN COMITÉ DE JEFES DE GOBIERNO DE LOS ESTADOS Y DE UNA ASAMBLEA DE CARÁCTER CONSULTIVO
CON UN COMITÉ DE MINISTROS A NIVEL DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS Y DE UN TRIBUNAL DE JUSTICIA
CON POSTERIORIDAD ¿QUE ÓRGANOS SE ADHIRIERON AL CONSEJO DE EUROPA CON COMPETENCIAS EN ORDEN A LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS Y LIBERTADES?
UNA ASAMBLEA Y UNA COMISIÓN
UNA ASAMBLEA Y UN TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS
LA COMISIÓN Y UN TRIBUNAL DE JUSTICIA EUROPEO
LA COMISIÓN Y EL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS
A PARTIR DE LA ENTRADA DEL PROTOCOLO Nº 11 DEL CONSEJO DE EUROPA ¿QUÉ FACULTADES ADQUIRIÓ EL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS?
DE CUSTODIA
DE GARANTÍA
DE PROTECCIÓN
DE VIGILANCIA
SEÑALA CUAL NO ES CORRECTA. "EN LA ACTUALIDAD EL CONSEJO DE EUROPA MANTIENEN FINES QUE ANIMARON SU CREACIÓN...:
EL RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS HUMANOS Y DE LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES
LA DEFENSA DE LA PAZ, LA JUSTICIA Y LA UNIÓN ENTRE SUS MIEMBROS
LA SEGURIDAD Y COOPERACIÓN ENTRE NACIONES
LA CONSECUCIÓN DEL PROGRESO ECONÓMICO Y SOCIAL
¿CUAL ES EL FUNDAMENTO PRIMERO DEL CONSEJO DE EUROPA?
EL RESPETO A LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES
EL RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS
EL RESPETO A LAS LIBERTADES ECONÓMICAS
EL RESPETO A LOS DERECHOS POLÍTICOS
PARA QUE UN ESTADO SEA ACEPTADO COMO MIEMBRO DEL CONSEJO DE EUROPA ¿QUÉ REQUISITO HA DE CUMPLIR?
CUALQUIER PERSONA QUE SE HALLE BAJO SU JURISDICCIÓN HA DE GOZAR DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LIBERTADES FUNDAMENTALES
CUALQUIER PERSONA QUE SE HALLE BAJO SU JURISDICCIÓN HA DE GOZAR DE LOS DERECHOS POLÍTICOS Y LIBERTADES FUNDAMENTALES
CUALQUIER PERSONA QUE SE HALLE BAJO SU JURISDICCIÓN HA DE GOZAR DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LIBERTADES POLÍTICAS
CUALQUIER SUBDITO QUE SE HALLE BAJO SU JURISDICCIÓN HA DE GOZAR DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LIBERTADES FUNDAMENTALES
PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS FINES EL CONSEJO DE EUROPA ELABORÓ EL CONVENIO EUROPEO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES (CEDH) ¿CON QUÉ OTRO NOMBRE SE CONOCE A ESTE CONVENIO?
CONVENIO DE VIENA
CONVENIO DE PARÍS
CONVENIO DE BRUSELAS
CONVENIO DE ROMA
DENTRO DEL CEDH SE HAN IDO ADICIONANDO UNA SERIE DE PROTOCOLOS. EN CONCRETO EL PROTOCOLO Nº 4 EN SU ART. Nº 3 ¿QUE ACCIÓN PROHÍBE?
LA PRISIÓN POR DEUDAS
LA LIBERTAD DE CIRCULACIÓN
LA PROHIBICIÓN DE EXPULSIÓN COLECTIVA DE LOS EXTRANJEROS
LA IGUALDAD DE LOS CONYUGES
EN EL MISMO SENTIDO EL PROTOCOLO Nº 6 ¿SOBRE QUE ASUNTO TRATA?
LA CREACIÓN DE UN TRIBUNAL ÚNICO EN MATERIA DE DERECHOS Y LIBERTADES?
SOBRE LA ABOLICIÓN DE LA PENA DE MUERTE
LA EXTENSIÓN DEL DERECHO A LA IGUALDAD
LA PROHIBICIÓN GENERAL DE DISCRIMINACIÓN
¿QUÉ PROTOCOLO ELIMINÓ EL QUORUM DE DOS TERCIOS NECESARIO PARA LA ADOPCIÓN POR MAYORÍA DE LA DECISIÓN DEL COMITÉ DE MINISTROS SOBRE LA EXISTENCIA O NO DE VIOLACIÓN DEL CONVENIO?
EL PROTOCOLO Nº 9
EL PROTOCOLO Nº 8
EL PROTOCOLO Nº 11
EL PROTOCOLO Nº 10
¿QUÉ PROTOCOLO COMPLETÓ EL CONTENIDO DEL ARTÍCULO 14 DEL CONVENIO EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS Y EXTIENDE LA EFICACIA DEL DERECHOS A LA IGUALDAD, PROHIBIENDO LA DISCRIMINACIÓN?
EL PROTOCOLO Nº 12
EL PROTOCOLO Nº 13
EL PROTOCOLO Nº 13, RELATIVO A LA ABOLICIÓN DE LA PENA DE MUERTE EN TODAS LAS CIRCUNSTANCIAS ¿TAMBIÉN LA PROHÍBE PARA LOS DELITOS COMETIDOS EN TIEMPOS DE GUERRA O DE PELIGRO DE GUERRA INMINENTE?
SI, EN TODOS LOS CASOS
SI, EXCEPTO PARA LOS ACTOS COMETIDOS EN TIEMPOS DE GUERRA
NO, EXCEPTO PARA LOS ACTOS COMETIDOS EN TIEMPOS DE GUERRA O DE PELIGRO DE GUERRA INMINENTE
NO, EN CASOS DE TERRORISMO
¿EN QUE AÑO EL REINO DE ESPAÑA RATIFICÓ Y PUBLICÓ EL PROTOCOLO Nº 13, EN LO RELATIVO A LA ABOLICIÓN DE LA PENA DE MUERTE EN TODAS LAS CIRCUNSTANCIAS?
EN 2010
EN 2011
EN 2004
EN 2002