Created by Alberto Márquez
over 7 years ago
|
||
PRINCIPIOS RECTORES DEL ACCESO AL EMPLEO PÚBLICO
Las Administraciones Públicas, entidades y organismos seleccionarán a su personal funcionario y laboral mediante PROCEDIMIENTOS que garanticen los principios constitucionales, así como los establecidos a continuación:
Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos:
Podrá exigirse el cumplimiento de otros REQUISITOS ESPECÍFICOS que:
PERSONAS CON DISCAPACIDAD
(Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre)
Tendrán la consideración de PERSONAS CON DISCAPACIDAD:
Objetivos efectivos totales en la Administración Publica de personas con discapacidad:
SISTEMAS SELECTIVOS
El Estatuto Básico establece que los procesos selectivos:
SISTEMAS SELECTIVOS
En los sistemas y procesos selectivos, los ORGANOS DE SELECCIÓN velarán por el cumplimiento de:
SISTEMAS SELECTIVOS
Los procedimientos selectivos cuidarán
ESPECIALMENTE:
SISTEMAS SELECTIVOS
Las PRUEBAS de capacidad podrán consistir:
SISTEMAS SELECTIVOS
Se pueden incluir además de las preceptivas pruebas de capacidad:
SISTEMAS SELECTIVOS
Las Administraciones Públicas,para la organización de procesos selectivos podrán:
PROCESOS SELECTIVOS
Para ASEGURAR la OBJETIVIDAD Y RACIONALIDAD:
Las pruebas pueden completarse con:
PRUEBAS COMPLEMENTARIAS
Los SISTEMAS SELECTIVOS
de FUNCIONARIOS DE CARRERA:
Los SISTEMAS SELECTIVOS
de FUNCIONARIOS DE CARRERA:
Deberán ademas incluir una o varias PRUEBAS para:
SISTEMAS DE SELECCION
Los órganos de selección no podrán proponer el acceso a la condición de funcionario:
SISTEMAS DE SELECCION
El órgano convocante podrá requerir del órgano de selección una RELACIÓN COMPLEMENTARIA de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su llamamiento, cuando:
PROCESOS DE SELECCION
Normativa autonómica
FASES DEL CONCURSO-OPOSICIÓN
ORGANOS SELECCION
ORGANOS DE SELECCION
Normativa autonómica
(Comisiones de seleccion)
No podrán formar parte de los órganos de selección:
Las comisiones de selección podrán disponer la incorporación a sus trabajos de:
Los miembros de las comisiones de selección son:
CRONOLOGÍA DE LOS PROCESOS SELECTIVOS
CRONOLOGÍA DE LOS PROCESOS SELECTIVOS:
1-OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO
CRONOLOGÍA DE LOS PROCESOS SELECTIVOS:
2-Convocatoria
CRONOLOGÍA DE LOS PROCESOS SELECTIVOS:
3-Presentación de solicitudes
CRONOLOGÍA DE LOS PROCESOS SELECTIVOS:
4-Proceso selectivo.
CRONOLOGÍA DE LOS PROCESOS SELECTIVOS:
5-Relación de aprobados
CRONOLOGÍA DE LOS PROCESOS SELECTIVOS:
5-Relación de aprobados(2)
CRONOLOGÍA DE LOS PROCESOS SELECTIVOS:
6-Oferta de vacantes
CRONOLOGÍA DE LOS PROCESOS SELECTIVOS:
7-Nombramientos
CRONOLOGÍA DE LOS PROCESOS SELECTIVOS:
8-Adquisición de la condición de funcionario
CRONOLOGÍA DE LOS PROCESOS SELECTIVOS:
9-Asignación inicial de puestos de trabajo
CRONOLOGÍA DE LOS PROCESOS SELECTIVOS:
9-Asignación inicial de puestos de trabajo
ASIGNACION NIVEL NO BASICO
PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE FUNCIONARIO DE CARRERA
RENUNCIA
PÉRDIDA DE LA NACIONALIDAD
PENA PRINCIPAL O ACCESORIA DE INHABILITACIÓN ABSOLUTA O ESPECIAL PARA CARGO PÚBLICO
JUBILACIÓN
La jubilación de los funcionarios podrá ser:
Procederá la JUBILACION VOLUNTARIA: y condiciones establecidos en el Régimen de Seguridad Social que le sea aplicable.
El Estatuto Básico estableció que la JUBILACION FORZOSA se declararía de oficio al cumplir:
JUBILACIÓN FORZOSA excepciones:
REHABILITACIÓN DE LA CONDICIÓN DE FUNCIONARIO
regulada en:
REHABILITACION CONDICION FUNCIONARIO
Pérdida nacionalidad o jubilación por incapacidad permanente para el servicio
REHABILITACION CONDICION FUNCIONARIO
Casos de pérdida: Condena principal o accesoria de inhabilitacion PODRAN CONCEDER CON CARACTER EXCEPCIONAL LA REHABILITACION
PROCEDIMIENTO DE REHABILITACION
el Real Decreto 2669/1998, de 11 de diciembre
rehabilitación de los funcionarios públicos en el ámbito de la Administración General del Estado
PROCEDIMIENTO DE REHABILITACION
Pérdida nacionalidad
PROCEDIMIENTO DE REHABILITACION
Causa que motivo la Jubilación por incapacidad permanente
PROCEDIMIENTO DE REHABILITACION
Pérdida por condena pena principal o accesoria de inhabilitacion absoluta o especial
PROCEDIMIENTO PROCEDIMIENTO DE REHABILITACION
Pérdida por condena pena principal o accesoria de inhabilitacion absoluta o especialDE REHABILITACION
CRITERIOS ORIENTADORES
PROCEDIMIENTO PROCEDIMIENTO DE REHABILITACION
Pérdida por condena pena principal o accesoria de inhabilitacion absoluta o especialDE REHABILITACION
REHABILITACION