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451. EL ECUADOR DE ACUERDO A LA CONSTITUCIÓN ES UN ESTADO DE DERECHOS Y JUSTICIA SOCIAL:
452. EN EL ECUADOR PREVALECE LA CONSTITUCIÓN SOBRE TODO EL ORDENAMIENTO JURÍDICO; POR LO TANTO, SU APLICACIÓN ES:
a) voluntaria.
b) facultativa.
c) directa y obligatoria.
453. LA CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA ACTUAL, ENTRO EN VIGENCIA EN EL AÑO 2008:
454. EL ECUADOR ES UN ESTADO UNITARIO, INTERCULTURAL, PLURINACIONAL Y LAICO
455. EL ECUADOR SE ORGANIZA EN FORMA DE MONARQUIA Y SE GOBIERNA DE MANERA CENTRALIZADA.
456. LOS RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES DEL TERRITORIO DEL ESTADO PERTENECEN A LOS INVERSIONISTAS EXTRANJEROS.
457. EL ESPAÑOL ES EL IDIOMA OFICIAL DEL ECUADOR
458. UN DEBER PRIMORDIAL DEL ESTADO ES GARANTIZAR Y DEFENDER LA SOBERANÍA NACIONAL.
459. UN DEBER PRIMORDIAL DEL ESTADO ES FORTALECER LA UNIDAD NACIONAL EN LA DIVERSIDAD.
460. UN DEBER PRIMORDIAL DEL ESTADO ES PROTEGER EL PATRIMONIO NATURAL Y CULTURAL DEL PAÍS.
461. UN DEBER PRIMORDIAL DEL ESTADO ES GARANTIZAR A SUS HABITANTES EL DERECHO A UNA CULTURA DE PAZ, A LA SEGURIDAD INTEGRAL Y A VIVIR EN UNA SOCIEDAD DEMOCRÁTICA Y LIBRE DE CORRUPCIÓN.
462. EL TERRITORIO DEL ECUADOR ES INALIENABLE, IRREDUCTIBLE E INVIOLABLE
463. LA NACIONALIDAD ECUATORIANA SE OBTENDRÁ POR NACIMIENTO O POR NATURALIZACIÓN
464. SON ECUATORIANOS POR NACIMIENTO LAS PERSONAS NACIDAS EN EL ECUADOR.
465. SON ECUATORIANOS POR NATURALIZACIÓN LOS QUE OBTENGAN CARTA DE NATURALIZACIÒN.
466. LAS PERSONAS, COMUNIDADES, PUEBLOS, NACIONALIDADES Y COLECTIVOS SON TITULARES Y GOZARÁN DE LOS DERECHOS GARANTIZADOS EN LA CONSTITUCIÓN Y EN LOS INSTRUMENTOS INTERNACIONALES.
467. DE ACUERDO A LA CONSTITUCION TODAS LAS PERSONAS SON IGUALES Y GOZARÁN DE LOS MISMOS DERECHOS, DEBERES Y OPORTUNIDADES.
468. PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS Y LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES NO SE EXIGIRÁN CONDICIONES O REQUISITOS QUE NO ESTÉN ESTABLECIDOS EN LA CONSTITUCIÓN O LA LEY.
469. DE ACUERDO A LA CONSTITUCIÓN NINGUNA NORMA JURÍDICA PODRÁ RESTRINGIR EL CONTENIDO DE LOS DERECHOS NI DE LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES.
470. SERÁ INCONSTITUCIONAL CUALQUIER ACCIÓN U OMISIÓN DE CARÁCTER REGRESIVO QUE DISMINUYA, MENOSCABE O ANULE INJUSTIFICADAMENTE EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS.
471. EL MÁS ALTO DEBER DEL ESTADO CONSISTE EN RESPETAR Y HACER RESPETAR LOS DERECHOS GARANTIZADOS EN LA CONSTITUCIÓN.
472. EL ESTADO SERÁ RESPONSABLE POR DETENCIÓN ARBITRARIA, ERROR JUDICIAL, RETARDO INJUSTIFICADO O INADECUADA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
473. DE ACUERDO A LA CONSTITUCION EL DERECHO HUMANO AL AGUA ES FUNDAMENTAL E IRRENUNCIABLE.
474. LA CONSTITUCION RECONOCE EL DERECHO DE LA POBLACIÓN A VIVIR EN UN AMBIENTE SANO Y ECOLÓGICAMENTE EQUILIBRADO, QUE GARANTICE LA SOSTENIBILIDAD Y EL BUEN VIVIR
475. LA CONSTITUCION PROHÍBE EL DESARROLLO, PRODUCCIÓN, TENENCIA, COMERCIALIZACIÓN, IMPORTACIÓN, TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y USO DE ARMAS QUÍMICAS, BIOLÓGICAS Y NUCLEARES.
476. LA CONSTITUCION GARANTIZA EL ACCESO UNIVERSAL A LAS TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN.
477. DE ACUERDO A LA CONSTITUCION, TODAS LAS PERSONAS TIENEN DERECHO A UNA COMUNICACIÓN LIBRE, INTERCULTURAL, INCLUYENTE, DIVERSA Y PARTICIPATIVA, EN TODOS LOS ÁMBITOS DE LA INTERACCIÓN SOCIAL.
478. LA EDUCACION DE ACUERDO A LA CONSTITUCION CONSTITUYE UN ÁREA PRIORITARIA DE LA POLÍTICA PÚBLICA, UNA GARANTÍA DE LA IGUALDAD E INCLUSIÓN SOCIAL Y CONDICIÓN INDISPENSABLE PARA EL BUEN VIVIR.
479. EL ESTADO GARANTIZARÁ LA LIBERTAD DE ENSEÑANZA, LA LIBERTAD DE CÁTEDRA EN LA EDUCACIÓN SUPERIOR, Y EL DERECHO DE LAS PERSONAS DE APRENDER EN SU PROPIA LENGUA Y ÁMBITO CULTURAL.
480. DE ACUERDO A LA CONSTITUCION EL TRABAJO ES UN DERECHO Y UN DEBER SOCIAL.
481. EL DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL ES UN DERECHO IRRENUNCIABLE DE TODAS LAS PERSONAS, Y SERÁ DEBER Y RESPONSABILIDAD PRIMORDIAL DEL ESTADO.
482. SON GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA LOS TURISTAS DE TRANSITO POR EL ECUADOR.
483. SE CONSIDERAN PERSONAS ADULTAS MAYORES AQUELLAS PERSONAS QUE HAYAN CUMPLIDO LOS NOVENTA Y CINCO AÑOS DE EDAD.
484. LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES TIENEN CIERTOS DERECHOS DE ACUERDO A LA CONSTITUCIÓN, EXCEPTO A LA JUBILACIÓN UNIVERSAL.
485. LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES NO TIENEN DERECHO A EXENCIONES EN EL RÉGIMEN TRIBUTARIO.
486. LA LEY NO SANCIONA EL ABANDONO DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES POR PARTE DE SUS FAMILIARES O DE LAS INSTITUCIONES ESTABLECIDAS PARA SU PROTECCIÓN.
487. EL DERECHO A MIGRAR NO SE ENCUENTRA RECONOCIDO DENTRO DE LA CONSTITUCIÓN.
488. EL PRINCIPIO DEL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE NO SE ENCUENTRA GARANTIZADO DENTRO DE LA CONSTITUCIÓN.
489. EL ESTADO RECONOCERÁ Y GARANTIZARÁ LA VIDA DEL NIÑO Y SU CUIDADO Y PROTECCIÓN UNICAMENTE DESDE EL NACIMIENTO.
490. EN LA CONSTITUCIÓN NO SE RECONOCEN DERECHOS A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
491. EN LA CONSTITUCIÓN NO SE RECONOCEN DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD A LAS EXENCIONES EN EL RÉGIMEN TRIBUTARIO.
492. A LAS PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD POR HABER INFRINGIDO LA LEY PENAL, SE LES SUSPENDEN TODOS LOS DERECHOS, HASTA CUMPLIR SU SENTENCIA
493. LA CONSTITUCION NO RECONOCE A LAS PERSONAS EL DERECHO A DISPONER DE BIENES Y SERVICIOS DE ÓPTIMA CALIDAD.
494. LOS PUEBLOS Y NACIONALIDADES INDIGENAS TIENEN DERECHO A MANTENER, DESARROLLAR Y FORTALECER LIBREMENTE SU IDENTIDAD, SENTIDO DE PERTENENCIA, TRADICIONES ANCESTRALES Y FORMAS DE ORGANIZACIÓN SOCIAL.
495. LOS PUEBLOS Y NACIONALIDADES INDIGENAS TIENEN DERECHO A MANTENER LA POSESIÓN DE LAS TIERRAS Y TERRITORIOS ANCESTRALES Y OBTENER SU ADJUDICACIÓN GRATUITA.
496. DE ACUERDO A LA CONSTITUCIÓN, LOS PUEBLOS ANCESTRALES, INDÍGENAS, AFROECUATORIANOS Y MONTUBIOS PODRÁN CONSTITUIR CIRCUNSCRIPCIONES TERRITORIALES PARA LA PRESERVACIÓN DE SU CULTURA.
497. PRESENTAR PROYECTOS DE INICIATIVA POPULAR NORMATIVA ES UN DERECHO DE LIBERTAD SEGÚN LA CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA.
498. CONFORMAR PARTIDOS Y MOVIMIENTOS POLÍTICOS ES UN DERECHO DE PROTECCIÓN SEGÚN LA CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA.
499. EL VOTO SERÁ OBLIGATORIO PARA LAS PERSONAS MAYORES DE QUINCE AÑOS.
500. EL VOTO SERÁ FACULTATIVO PARA LAS PERSONAS ENTRE LOS 18 Y 65 AÑOS DE EDAD.