Las [blank_start]Comunidades Autónomas[blank_end], de acuerdo con sus respectivos [blank_start]Estatutos[blank_end] y dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de [blank_start]estabilidad[blank_end] en sus normas y decisiones presupuestarias.