Según la LEY 1468 DE 2011 (30 JUNIO). La licencia de maternidad es un beneficio prestacional que se le ha reconocido a
la mujer que ha dado a luz. Ésta licencia se caracteriza por dos aspectos:1. Es un descanso de 14 semanas dentro de la época del parto,2.Es el pago del salario durante el periodo de descanso. Nota: Para los afiliados del régimen
contributivo se le reconocerá y pagará las licencias por maternidad, la EPS
reconoce a la afiliada Para que sea reconocida la licencia se
debe haber cotizado todo el periodo de gestación en forma ininterrumpida y
completa. De lo contrario será responsabilidad del empleador el reconocimiento.