Creado por Carmen Lopez
hace más de 6 años
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Además de las competencias previstas en el artículo 40 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, corresponde a la Dirección General de Infraestructuras y Tecnologías de la Información las siguientes atribuciones: a) La programación, gestión, supervisión, seguimiento y mantenimiento de las inversiones en obras, concesiones de obras públicas, instalaciones, equipamientos, incluidos los de alta tecnología, necesarios para el funcionamiento de los centros e instituciones de la Gerencia Regional de Salud. b) La gestión del patrimonio y del inventario patrimonial del organismo autónomo. c) La programación, gestión, supervisión y seguimiento de las inversiones en servicios de telecomunicaciones y equipos informáticos necesarios para el funcionamiento de los centros e instituciones de la Gerencia Regional de Salud, así como su mantenimiento. d) La coordinación, gestión, desarrollo y mantenimiento de los proyectos informáticos sanitarios. e) La coordinación de los servicios informáticos y de las comunicaciones de los centros de la Gerencia Regional de Salud. f) La dirección, planificación y gestión en materia de seguridad de las tecnologías de la información y la comunicación en el ámbito de la Gerencia Regional de Salud. g) Proponer a los órganos de dirección de la Gerencia Regional de Salud, la resolución que estime procedente en los asuntos de su competencia. h) Cualquier otra que se le atribuya, desconcentre, delegue o encomiende.
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