ORGANIZACIÓN DE LAS PRACTICAS PROFESIONALES

Descripción

Derecho Apunte sobre ORGANIZACIÓN DE LAS PRACTICAS PROFESIONALES, creado por Ana Morales el 06/03/2021.
Ana Morales
Apunte por Ana Morales, actualizado hace más de 1 año
Ana Morales
Creado por Ana Morales hace más de 3 años
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Resumen del Recurso

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De acuerdo a nuestro reglamento universitario de prácticas profesionales, las entidades universitarias responsables de instrumentar lo inherente a las Prácticas Profesionales serán

I. El Departamento de Servicio Social y Prácticas Profesionales, dependiente de la Secretaría de Extensión Universitaria y Difusión Cultural; II. Las Facultades y Unidades Académicas Multidisciplinarias; y III. Los Responsables de Prácticas Profesionales de cada Programa Académico.

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-El Departamento de Servicio Social y Prácticas Profesionales estará integrado por un Titular y un Responsable por cada proceso, así como el número de colaboradores necesarios, propuestos por el Secretario de Extensión Universitaria y Difusión Cultural

- Cada Facultad y Unidad Académica Multidisciplinaria, deberá nombrar un Responsable de Prácticas Profesionales por Programa Educativo, quien podrá ser el Responsable de Servicio Social y formará parte de la Comisión de Prácticas Profesionales de la Facultad o Unidad Académica Multidisciplinaria correspondiente.

-Los Responsables de Prácticas Profesionales en las Facultades y Unidades Académicas Multidisciplinarias, realizarán el proceso administrativo que se determine a través del Departamento de Servicio Social y Prácticas Profesionales.

-Las Facultades y Unidades Académicas Multidisciplinarias, nombrarán cada ciclo lectivo a un docente que llevará a cabo actividades de asesoría, a efecto de acreditar las Prácticas Profesionales de acuerdo a los requerimientos curriculares.

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-En cada Facultad y Unidad Académica Multidisciplinaria se conformará una Comisión de Prácticas Profesionales, integrada por:

I. El Coordinador del Programa Académico que corresponda; II. El Responsable de Prácticas Profesionales; y III. El Asesor de Prácticas Profesionales.

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Las Comisiones de Prácticas Profesionales tendrán las siguientes atribuciones:

I. Verificar la pertinencia y ejecución de los Programas de Prácticas Profesionales; II. Participar en la evaluación periódica de las actividades de Prácticas Profesionales realizadas; y III. Participar, en su caso, en la resolución de sanciones que se le impongan a los practicantes. En las diapositivas se encuentran dos mapas mentales que resumen la estructura de la organización de las prácticas profesionales, así como las funciones forma en que se integran las comisiones de prácticas profesionales

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