Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual

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Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual
Joselyne Martínez
Apunte por Joselyne Martínez, actualizado hace más de 1 año
Joselyne Martínez
Creado por Joselyne Martínez hace casi 9 años
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Resumen del Recurso

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¿DÓNDE ESTÁ? Quito – Oficina Matriz Av. República 396 y Diego de Almagro - Edificio FORUM 300 Planta Baja, Mezzanine, Piso 1, Piso 3, Piso 5, Piso 8 y Piso 12 Horario de atención: 08:30 a 17:00 PBX (593) 3-940000 / 3940001 / 3940002,3,4,5,6,7,8,9 /3940010 info@iepi.gob.ec http://www.propiedadintelectual.gob.ec http://www.propiedadintelectual.gob.ec/nuestras-oficinas/

¿QUÉ HACE? Administra y ampara los derechos de propiedad intelectual en su máxima expresión: nombres comerciales, marcas, demostraciones de origen, indicaciones geográficas, secretos industriales, derechos de autor y derechos conexos; actúan en el ámbito de su jurisdicción, sobre los actos de competencia desleal que vulneren aquellos derechos; todo esto, de conformidad con el devenir tecnológico y comercial que se suscita en el desarrollo de la sociedad Ecuatoriana y en el entorno mundial. Es el único organismo responsable de los depósitos, registros y concesiones territoriales de los derechos de propiedad intelectual indicados.http://www.conocimiento.gob.ec/conozca-que-hace-el-instituto-ecuatoriano-de-propiedad-intelectual/

¿QUÉ REGISTRA? Constituye marca cualquier signo que pueda por si sólo distinguir los productos o servicios que expende en el mercado, respecto de otros ya existentes, para lo cual deberá ser susceptible de representación gráfica.http://www.propiedadintelectual.gob.ec/como-registro-una-marca/

¿QUÉ NO REGISTRA? El IEPI, no está autorizado para patentar lo siguiente:· Los principios teóricos o científicos.· Los descubrimientos que consistan en dar a conocer o revelar algo que ya existía en la naturaleza, aun cuando anteriormente fuese desconocido para el hombre.· Los esquemas, planes, reglas y métodos para realizar actos mentales, juegos o negocios y los métodos matemáticos.· Los programas de computación.· Las formas de presentación de información.· Las creaciones estéticas y las obras artísticas.· Los métodos de tratamiento quirúrgico, terapéutico o de diagnóstico aplicable al cuerpo humano y los relativos a animales.

¿CUÁL ES EL COSTO? http://www.propiedadintelectual.gob.ec/wp-content/uploads/2013/08/reformas_tasas_2013.pdf

¿CUÁLES SON LOS PROCEDIMIENTOS? REQUISITOS FÍSICOS QUE DEBE ENTREGAR EL USUARIO PARA EL REGISTRO DE OBRAS ON LINE EN LA UNIDAD DE REGISTRO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOSOBRAS LITERARIAS INÉDITAS:Copia de la cédula del autor y/o autores.Recibo del pago de la tasa correspondiente realizado en el Banco del Pacífico. Un ejemplar completo de la obra (Impresa o en CD). En el caso de tesis, de preferencia un físico simple de la obra y la debida autorización de la universidad para su registro. POR PUBLICARSE: Copia de la cédula del autor y/o autores. Recibo de pago de la tasa correspondiente realizado en el Banco del Pacífico. Certificación de la imprenta que debe contener (Título exacto del libro, nombre del autor, el tiraje, fecha en la cual se entregarán los libros al autor y/o titular y el número de páginas de la obra). Copia de la carátula del libro y de la página de los créditos. En caso de que el titular sea persona jurídica, deberá entregar el documento que legitime su representación (puede ser el nombramiento, RUC, contratos, etc). NOTA: Una vez que la obra se publica, el autor debe entregar dos ejemplares, para recibir el Certificado de Registro. y en el caso de los editores tres ejemplares más como depósito legal, de conformidad a la Ley del Libro.PUBLICADAS O EDITADAS: Copia de la cédula del autor y/o autores. Recibo de pago de la tasa correspondiente realizado en el Banco del Pacífico. Dos ejemplares de la obra. En caso de que el titular sea persona jurídica, deberá acompañarse documento que legitime su representación (puede ser el nombramiento, RUC, contratos, etc. etc.). PROGRAMAS DE ORDENADOR (SOFTWARE) Copia de la cédula del autor y/o autores. Recibo de pago de la tasa correspondiente realizado en el Banco del Pacífico. Un ejemplar del programa de ordenador, con el código fuente en un CD. En caso de que el titular y/o el productor sea persona jurídica, deberá acompañarse el documento que legitime su representación (pueden ser el nombramiento, RUC, contratos, etc. etc.). OBRAS ARTÍSTICAS Y MUSICALESARTÍSTICAS: Copia de la cédula del autor y/o autores Recibo de pago de la tasa correspondiente realizado en el Banco del Pacífico Si la obra a registrar es un cuadro, retrato, pintura, dibujo, busto, escultura, se debe acompañar una fotografía. En el caso de planos, croquis, mapas, fotografías, se debe adjuntar una fotocopia de ellos y hacer constar el número al final del título. En caso de que el titular sea persona jurídica, deberá acompañarse documento que legitime su representación (puede ser el nombramiento, RUC, contratos, etc. etc.). MUSICALES: Copia de la cédula del autor y/o autores. Recibo de pago de la tasa correspondiente realizado en el Banco del Pacífico. En el caso del registro de una obra musical con letra o sin ella, adjuntar fotocopia de la partitura y de la letra si hubiere, o un CD que contenga letra y música, o solo la música de la canción. FONOGRAMAS Copia de la cédula del autor y/o autores Recibo de pago de la tasa correspondiente realizado en el Banco del Pacífico Un ejemplar del fonograma En esta solicitud se registran generalmente las obras musicales que se encuentran grabadas para su distribución o comercialización. En caso de que el productor fonográfico sea persona jurídica, deberá acompañarse el documento que legitime su representación (puede ser el nombramiento, RUC, contratos, etc. etc.). NOTA: Es importante que el autor al llenar esta solicitud, tome en cuenta que el Productor Fonográfico es el Titular de la obra, es decir el que tiene los derechos patrimoniales.REGISTRO DE OBRAS AUDIOVISUALES(Cinematográficas, Videogramas, Programas de Televisión y Similares) Copia de la cédula de ciudadanía del director, autor y/o autores del guión, autor y/o autores de la música, auto y/o autores de los dibujos. Recibo de pago de la tasa correspondiente realizado en el Banco del Pacífico. Para el registro de estas obras, se deberá adjuntar un ejemplar en CD, DVD u otros soportes que contengan la obra. El productor audiovisual sea persona natural o jurídica, es el responsable de los contratos con todas las personas o entidades que intervienen en la realización de la obra audiovisual, por lo que deberá acompañar un documento que legitime su representación. NOTA: Es importante que el autor al llenar esta solicitud, tome en cuenta que el Productor Audiovisual es el Titular de la obra, es decir el que tiene los derechos patrimoniales.PUBLICACIONES PERIÓDICAS Y PROGRAMAS DE RADIO PUBLICACIONES PERIÓDICAS: Copia de la cédula del autor y/o autores. Recibo de pago de la tasa correspondiente realizado en el Banco del Pacífico. Entregar un ejemplar de la publicación en circulación, sea un periódico o revista En caso de que el titular sea persona jurídica, la solicitud deberá ser firmada por el representante legal y adjuntar un certificado de existencia y representación legal. PROGRAMAS DE RADIO: Copia de la cédula del autor y/o autores. Recibo de pago de la tasa correspondiente realizado en el Banco del Pacífico. Entregar un ejemplar del programa de radio en un CD o formato digital. Anexar un certificado donde conste que el programa ha sido adjudicado o se está trasmitiendo. En caso de que el titular sea persona jurídica, la solicitud deberá ser firmada por el representante legal y adjuntar un certificado de existencia y representación legal. NOTA: El registro de este tipo de obras, tienen una duración de un año y tiene que el autor volver a registrar. Generalmente este registro lo hacen hasta que se tramite el nombre de estas obras como marcas. Por esta razón existen pocos registros de estas obras.http://www.propiedadintelectual.gob.ec/requisitos/

¿CUÁLES SON LAS SEDES? Guayaquil – Subdirección Regional Av. Francisco de Orellana y Alberto Borges, Edificio Centrum (CLARO), Piso 9, Oficina 5 Cuenca – Subdirección Regional Av. José Peralta 4-99 y 12 de Abril, Edificio AMANCAY, Piso 4, Oficinas 19 y 20. Ventanillas Únicas Empresariales Otavalo Calle Modesto Jaramillo y Quiroga esquina (sector Plaza de los Ponchos). Instalaciones de la Casa de Turismo [593] 6 2 927 230 Esmeraldas Av. Jaime Hurtado vía Quininde (CODESA), sector los Mangos [593] 6 2 704 211| Loja Av. Orillas del Zamora y Padre Juan de Velazco, Planta Baja del antiguo PREDESUR, Gobierno Zonal 7 Cel.: 0982220988 Portoviejo Centro de Desarrollo Empresarial y Apoyo al Emprendimiento; en La Universidad Técnica de Manabí, Av. Urbina y Che Guevara. [593] 5 2 632 964 Quevedo Quevedo Shopping Center. Calle séptima entre 7 de Octubre y Bolívar, Primer Piso, Local 15. [593] 5 2 753 011 Ambato Edificio del Gobierno Provincial, Red de servicios. Calle Castillo y calle Sucre [593] 3 3 730 220 ext. 102 http://www.propiedadintelectual.gob.ec/nuestras-oficinas/

¿QUÉ ES? El IEPI es una Institución revolucionaria que promueve a la propiedad intelectual en el Ecuador, como una herramienta para alcanzar el “sumak kawsay o buen vivir”, a través de la democratización del conocimiento y de la puesta al servicio de la sociedad de los avances tecnológicos y científicos de la humanidad, precautelando la soberanía nacional y los derechos de los ciudadanos y ciudadanas. El IEPI es el Organismo Administrativo Competente para propiciar, promover, fomentar, prevenir, proteger y defender a nombre del Estado Ecuatoriano, los derechos de propiedad intelectual reconocidos en la Ley y en los tratados y convenios internacionales, sin perjuicio de las acciones civiles y penales que sobre esta materia deberán conocerse por la Función Judicial.El IEPI es una institución comprometida con la promoción de la creación intelectual y su protección. Promueve una gestión de calidad, talento humano competitivo y servicios técnicos que satisfagan las necesidades de los usuarios de acuerdo a la Ley nacional, los tratados y convenios internacionales vigentes.http://www.propiedadintelectual.gob.ec/la-institucion/

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