Creado por Francisco García García
hace más de 8 años
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El 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos. También se llevó a cabo la redacción de los proyectos de Pactos Internacionales, los que se hicieron conocer a los Estados y su análisis y debate, quedó concluido en 1966. Ambos entraron en vigencia en 1976. La Declaración y los Pactos constituyen un conjunto llamado la Carta Internacional de Derechos Humanos, en la cuál están recogidos los derechos básicos que tienen todos las personas del planeta. Su lectura es fascinante, pues este catálogo mínimo de derechos, está tan lejos de la realidad que por eso mismo compromete a las personas que creen en la solidaridad y la ética, a brindar su esfuerzo para lograr que se conviva como quiere la mayoría.
Pacto Internacional de Derechos Económicos, sociales y culturales. Artículo 16 1. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a presentar, en conformidad con esta parte del Pacto, informes sobre las medidas que hayan adoptado, y los progresos realizados, con el fin de asegurar el respeto a los derechos reconocidos en el mismo.Esta parte del artículo número 16 me parece muy interesante ya que está muy bien que los Estados Partes presenten informes, para así, garantizar una mayor seguridad de los progresos que hacen. También evita que haya confusiones, debido a que todo lo que hacen están bien recogido, así que si hay algún error, solamente con mirar los informes se puede solucionar el problema. Artículo 31 1. El presente Pacto, cuyos textos en chino, español, francés, inglés y ruso son igualmente auténticos, será depositado en los archivos de las Naciones Unidas. Esta parte del artículo número 31 me parece muy interesante, ya que si este Pacto se deposita en los archivos de las Naciones Unidas, está muy protegido, ya que es la mayor organización internacional existente formada por 193 Estados miembros, en la cuál los idiomas fundamentales son : árabe, chino mandarín, español, francés, inglés y ruso.Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Artículo 7 Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. En particular, nadie será sometido sin su libre consentimiento a experimentos médicos o científicos.Este artículo me parece muy correcto, porque la vida es lo más preciado para las personas, así que una vida en la que hay tortura o tratos crueles, no es una vida digna, ya que cada persona tiene derecho a ser libre. También estoy de acuerdo con lo de que nadie será sometido sin su libre consentimiento a experimentos médicos, ya que cada persona tiene derecho a opinar y expresarse sobre lo que quiere y lo que no.
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