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Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.
Explicación:Este apartado no hace sino reflejar lo dispuesto en el artículo primero "Estado de Derecho".La CE es la norma "suprema y fundamental" de nuestro ordenamiento jurídico y aquí se está ratificando su primacía mediante la sumisión de los poderes y los sujetos a la misma.Poder público: Es el poder que hace referencia a la facultad de mandar y, por tanto, de ser obedecido; y público a actividad estatal. Los poderes públicos son el conjunto de instituciones y órganos de nuestro Estado.
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Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.
Explicación:Apartado relativo al Estado Social.En él, la CE impone un mandato a los poderes públicos para intervenir en la vida política, social, cultural y económica en beneficio del pueblo, a la vez que legitima dicha intervención activa del Estado.(Remisión al artículo 14 CE relativo a la igualdad; al artículo 23 CE relativo a la participación ciudadana y al artículo 1 CE)
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La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
Explicación:NOTA: Este artículo es muy importante y se debe de memorizar por completo.Se enumeran una serie de principios integradores del Estado de Derecho:-Principio de legalidad: Principio fundamental según el cual toda actividad estatal debe ejercerse conforme a una ley anterior y vigente. Es la primacía de la ley, la sumisión al imperio de la ley.-Jerarquía normativa: Con ello se fija el orden de aplicabilidad de las normas jurídicas y el criterio para solucionar las contradicciones que puedan existir entre normas de distinto rango. -Publicidad de las normas: Las normas jurídicas han de ser conocidas por todos y para ello se publican en el Boletín Oficial correspondiente, requisito de su validez.-Irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales: Estas disposiciones no pueden aplicarse a supuestos pasados o previos a su promulgación. En caso contrario, serían retroactivas.-Seguridad jurídica: En relación con lo ya dicho, se refiere al respaldo de Tribunales y normas jurídicas.-Responsabilidad: La misma se puede exigir a los poderes públicos en el ejercicio de sus actividades.-Interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos: Se prohíbe que tomen decisiones no debidamente motivadas conforme al ordenamiento jurídico. No por tener poder pueden hacer lo que quieran. (interdicción significa "prohibición")
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