Pregunta 1
Pregunta
¿Qué artículo de la LOPSC regula las infracciones administrativas relacionadas con sustancias estupefacientes?
Pregunta 2
Pregunta
¿Cuáles de las siguientes conductas son sancionables?
Respuesta
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Consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, pese a que no estén destinadas a tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos.
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Consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, pese a que no estén destinadas a tráfico en domicilio particular.
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Consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, pese a que no estén destinadas a tráfico, en establecimientos públicos o transportes colectivos.
Pregunta 3
Pregunta
¿El acta D10 se ha rellenar en el momento de actuación y se ha de entregar copia a la persona denunciada?
Pregunta 4
Pregunta
Cuando, en atención a las circunstancias concurrentes, se considere que la conducta puede ser constitutiva de un delito contra la salud pública, se deberá instruir un atestado policial. Paralelamente a la instrucción del atestado, se redactará un acta D10, en la que se hará constar el número de las [blank_start]diligencias[blank_end] policiales que se hayan instruido, el [blank_start]motivo[blank_end] y el [blank_start]juzgado[blank_end] al que se dirigen, para que el órgano administrativo competente para sancionar su conocimiento. El original del acta se tramitará los servicios de administración regionales y se adjuntará una [blank_start]copia[blank_end] del acta en el atestado.
Respuesta
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diligencias
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motivo
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juzgado
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copia
Pregunta 5
Pregunta
En el supuesto de denunciar a una misma persona por varias de las infracciones que se contemplan en el acta D 10, se deberá rellenar [blank_start]una única acta D 10[blank_end].
Pregunta 6
Pregunta
¿Se puede rellenar una acta D10 ante una infracción de consumo de drogas a un menor de 14 años, que está exento de responsabilidad por las infracciones cometidas en el ámbito de la LOPSC?
Pregunta 7
Pregunta
El artículo 36.18 LOPSC recoge como infracción grave la ejecución de actos de plantación y cultivo ilícito de
drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en lugares [blank_start]visibles[blank_end] al público, cuando estos
actos no sean constitutivos de infracción penal.
Pregunta 8
Pregunta
La infracción de plantación y cultivo ilícito se debe denunciar mediante la cumplimentación de un acta
Pregunta 9
Pregunta
Únicamente se deberá extender acta de denuncia por infracción administrativa por plantación y cultivo ilegal cuando se cuente con una [blank_start]muestra[blank_end] representativa de la plantación.
Pregunta 10
Pregunta
¿Elige los indicios correctos que se han de buscar para valorar si la tenencia de drogas se trata de una infracción administrativa o penal?
Respuesta
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Tipo y cantidad de sustancia
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Si la sustancia se encuentra dispuesta en dosis o al por mayor.
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Tenencia de diversos tipos de sustancia.
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Posesión de dinero fraccionado en billetes pequeños y guardados en varios lugares.
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Posesión de balanzas o de utensilios para cortar la sustancia.
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Los antecedentes de la persona denunciada, sobretodo si tiene por salud pública