¿Cuáles son los actos introductorios específicos para el procedimiento de delitos menos graves de conformidad al artículo 465 ter del CPP?
Respuesta
Acusación fiscal o querella de la víctima o agraviado.
Querella, denuncia o prevención policial.
Querella fiscal o prevención policial.
Pregunta 2
Pregunta
En el caso de los delitos menos graves, esta figura faculta a personas distintas al Ministerio Público a ejercer la acción penal, es una facultad otorgada a la víctima o agraviado.
Respuesta
Querella.
Prevención policial.
Demanda.
Pregunta 3
Pregunta
Existe esta, cuando la persona es sorprendida en el momento mismo de cometer el delito, es cuando se sorprende a una persona realizando un acto típico, punible y antijurídico por el que se le debe poner a disposición del juez respectivo.
Respuesta
Flagrancia.
Querella.
Denuncia.
Pregunta 4
Pregunta
En el procedimiento para delitos menos graves el juez debe explicar al sindicado el objeto de la audiencia, en forma clara y sencilla y la forma en que esta se desarrollará, buscando que la persona comprensa lo que está sucediendo y así garantiza la efectiva tuteja judicial. Lo anterior se conoce como advertencias preliminares y está regulado en:
Respuesta
Artículo 81 CPP.
Artículo 465 ter, CPP.
Artículo 82 CPP.
Pregunta 5
Pregunta
El desarrollo de la audiencia, en el procedimiento para delitos menos graves, incluye un orden que principia con darle la palabra al fiscal o auxiliar fiscal, al sindicado si acepta declarar; activar el contradictorio y la argumentación, debiendo resolver el juez en forma inmediata, entre otros aspectos. El orden anterior aparece regulado en: