Pregunta 1
Pregunta
¿Que es el poder de jurisdicción? Procesal 1
Pregunta 2
Pregunta
1.1 El derecho procesal se caracteriza por ser "secundario" porque:
Pregunta 3
Pregunta
1.1 El estudio o contenido del Derecho Procesal comprende diferentes aspectos. No constituye uno de ellos:
Pregunta 4
Pregunta
1.1 El estudio o contenido del Derecho Procesal comprende diferentes aspectos. No constituye uno de ellos:
Pregunta 5
Pregunta
1.1 Uno de los caracteres del derecho procesal es que es:
Pregunta 6
Pregunta
1.1 El análisis de las reglas contenidas en las Constituciones (Nacional y provincial), leyes orgánicas del Poder Judicial y acordadas de los tribunales superiores hace referencia al estudio de esta disciplina (Derecho Procesal) desde un punto de vista:
Pregunta 7
Pregunta
1.1 Cuando decimos que el derecho procesal es cronológicamente posterior al sustancial (aunque sea claro que uno no puede existir sin el otro hacemos referencia a la siguiente característica del derecho procesal:
Pregunta 8
Pregunta
1.1 En qué proceso encontramos que la primera etapa es de conciliación y la segunda es el juicio oral, público y continuo que se desarrolla antela cámara:
Pregunta 9
Pregunta
1.1 El análisis de la actividad que desarrollan los sujetos en el trámite judicial y que varía según la materia y el sistema hace referencia al estudio de esta disciplina (derecho procesal) desde un punto de vista:
Pregunta 10
Pregunta
1.1 El derecho procesal NO es:
Pregunta 11
Pregunta
1.1 El Derecho Procesal se caracteriza por ser público porque:
Pregunta 12
Pregunta
1.1 El objeto de estudio del derecho procesal está dado por el análisis de:
Pregunta 13
Pregunta
1.1 El derecho procesal es: realizador
Pregunta 14
Pregunta
1.1 El derecho procesal se caracteriza por ser "realizador" porque:
Pregunta 15
Pregunta
1.2 En la evolución histórica del Derecho Procesal, encaminada a lograr la formulación de una "Teoría General del Proceso", pueden enunciarse cuatro etapas bien diferenciadas. Ellas son, cronológicamente:
Pregunta 16
Pregunta
1.2 La teoría de la institución jurídica procesal, enunciada por Guasp, se caracteriza por dar una explicación de la naturaleza del proceso por medio de: