400.- DE CONFORMIDAD CON LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS, ES EL PLAZO CON EL QUE SE CUENTA PARA EXHIBIR LA LICENCIA CUANDO UN ARMA DE FUEGO ES RECOGIDA POR NO LLEVAR EL INTERESADO LA LICENCIA RESPECTIVA.
Respuesta
15 DÍAS
30 DIAS
Pregunta 2
Pregunta
401.- CONFORME A LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS, CUANDO UN SERVIDOR PÚBLICO ASEGURE O RECOJA UN ARMA Y NO LA ENTREGUE A SU SUPERIOR JERÁRQUICO, O EN SU CASO A LA AUTORIDAD COMPETENTE, DICHO ACTO SE EQUIPARARÁ AL DELITO DE:
Respuesta
EXTORSION Y ROBO
ROBO
Pregunta 3
Pregunta
402.- DENTRO DE LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS, LAS AUTORIDADES QUE DESEMPEÑEN FUNCIONES DE SEGURIDAD Y QUE RECOJAN UN ARMA A LAS PERSONAS QUE LA PORTEN SIN LICENCIA, SIN LLEVAR ÉSTA O TENIÉNDOLA HAGAN MAL USO DE ÉSTA, ¿QUÉ DOCUMENTO DEBEN EXPEDIR?
Respuesta
EL RECIBO CORRESPONDIENTE
FATIGA CORRESPONDIENTE
Pregunta 4
Pregunta
403.- EN APEGO A LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS, ES LA MULTA QUE SE APLICA CUANDO UN ARMA ES RECOGIDA AL INTERESADO POR NO LLEVAR CONSIGO LA LICENCIA RESPECTIVA .
Respuesta
DIEZ DÍAS MULTA
CIEN DIAS DE SALARIO MINIMO COMO MULTA
Pregunta 5
Pregunta
404.- PARA EFECTOS DEL PAGO DE LA MULTA POR NO LLEVAR CONSIGO LA LICENCIA PARA PORTAR ARMA, SE TURNARÁ LA INFRACCIÓN, A LA BREVEDAD POSIBLE, A: