Pregunta 1
Pregunta
La conducta es un elemento positivo del delito y por ello solamente podría traducirse en un movimiento corporal para poder producir un resultado.
Pregunta 2
Pregunta
Solamente el ser humano es capaz de ubicarse en la hipótesis de constituirse como sujeto activo de un delito, por lo tanto, es el único que puede realizar la conducta, excepto si se trata de un animal que puede morder a una persona y producir un resultado, en este caso, el animal será un sujeto activo.
Pregunta 3
Pregunta
Las formas de manifestación de la conducta solamente pueden ser: Acción y omisión.
Pregunta 4
Pregunta
La acción consiste en actuar o hacer, lo que implica uno o varios movimientos corporales para cometer el delito.
Pregunta 5
Pregunta
Para poder concretar la conducta, se requiere de ciertos elementos, como son la voluntad, la acción u omisión, el resultado y el nexo de causalidad.
Pregunta 6
Pregunta
De las teorías del nexo causal, la más aceptada es la de la adecuación, puesto que consiste en afirmar que la causa del resultado será la más adecuada o idónea para producirlo.
Pregunta 7
Pregunta
La omisión consiste en dejar de realizar la conducta típica, significa, no hacer nada, dejar de hacer o no hacer.
Pregunta 8
Pregunta
La comisión por omisión, también es conocida como omisión impropia, se encuentra establecida en el artículo 7o del Código Penal del Estado de Oaxaca.
Pregunta 9
Pregunta
En la mayoría de los casos como lugar de la conducta se tendrá como el lugar en el que sucedieron los hechos.
Pregunta 10
Pregunta
El aspecto negativo de la conducta es la ausencia de conducta, y surte sus efecto, cuando se comprueba que la conducta no existió; o que la conducta fue involuntaria, ya que el sujeto activo actuó como un instrumento, autómata, alguien sin voluntad.