Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, de Reforma de Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana
Ley Orgánica 1/2006, de 11 de abril, de Reforma de Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana
Ley Orgánica 1/2006, de 11 de abril, de Reforma de Ley Orgánica 5/1982, de 2 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana
Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, de Reforma de Ley Orgánica 5/1982, de 2 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana
Pregunta 2
Pregunta
¿A quién corresponde la iniciativa para reforma el Estatuto?
Respuesta
al Consell, a una tercera parte de los miembros de Les Corts, a dos Grupos Parlamentarios o a las Cortes Generales
al Consell, a una quinta parte de los miembros de Les Corts, a dos Grupos Parlamentarios o a las Cortes Generales
al Consell, a una tercera parte de los miembros de Les Corts, a tres Grupos Parlamentarios o a las Cortes Generales
al Consell, a dos terceras partes de los miembros de Les Corts, a dos Grupos Parlamentarios o a las Cortes Generales
Pregunta 3
Pregunta
¿por qué mayoría debe aprobarse en Les Corts la reforma del Estatuto?
Respuesta
Por mayoría de dos tercios, salvo que sólo sea por ampliación de competencias que bastará la mayoría simple
Por mayoría de dos tercios, salvo que sólo sea por ampliación de competencias que bastará la mayoría absoluta
Por mayoría de tres quintos , salvo que sólo sea por ampliación de competencias que bastará la mayoría simple
Por mayoría de tres quintos , salvo que sólo sea por ampliación de competencias que bastará la mayoría absoluta
Pregunta 4
Pregunta
¿Qué ocurre si no se aprueba la reforma del Estatuto en Les Corts?
Respuesta
No se podrá iniciar un nuevo procedimiento de reforma durante la misma legislatura
No se podrá iniciar un nuevo procedimiento de reforma sobre el mismo punto durante la misma legislatura
No se podrá iniciar un nuevo procedimiento de reforma sobre el mismo punto durante el mismo periodo de sesiones
Pregunta 5
Pregunta
Una vez aprobada por les Corts ¿cual es el siguiente paso para la reforma del Estatuto?
Respuesta
Deberá ser presentado como proposición de ley de les Corts en el Congreso
Deberá ser presentado como proposición de ley Orgánica de les Corts en el Congreso
Deberá ser presentado como proposición de ley de les Corts en las Cortes Generales
Pregunta 6
Pregunta
Admitida a trámite la reforma por la mesa y tomada en consideración la proposición por el Pleno ¿Cuál es el siguiente paso?
Respuesta
se remitirá a la Comisión Constitucional del Congreso, en el seno de la cual se nombrará una ponencia al efecto que revise con una delegación de Les Corts el texto de la misma
se remitirá a la Comisión Constitucional de las Cortes Generales , en el seno de la cual se nombrará una ponencia al efecto que revise con una delegación de Les Corts el texto de la misma
Pregunta 7
Pregunta
¿Qué pasa si las Cortes Generales no aprueban, o modifican, la reforma propuesta?
Respuesta
se devolverá a Les Corts para nueva deliberación, acompañando mensaje motivado sobre el punto o puntos que hubieran ocasionado su devolución o modificación y proponiendo soluciones alternativas.
se devolverá a la Comisión Constitucional del Congreso para nueva deliberación, acompañando mensaje motivado sobre el punto o puntos que hubieran ocasionado su devolución o modificación y proponiendo soluciones alternativas.
Pregunta 8
Pregunta
Una vez aprobada la reforma por las Cortes Generales mediante Ley Orgánica ¿Qué incluirá la aprobación de la Ley?
Respuesta
incluirá la autorización del Estado para que La Generalitat convoque un referéndum de ratificación de los electores en un plazo de seis meses desde la votación final en las Cortes Generales
incluirá la autorización del Estado para que La Generalitat convoque un referéndum de ratificación de los electores en un plazo de tres meses desde la votación final en las Cortes Generales
Pregunta 9
Pregunta
¿En que caso podrá no celebrarse un referéndum de ratificación de la reforma del Estatuto?
Respuesta
El referéndum podrá no convocarse en aquellos casos en que la reforma sólo implique ampliación de competencias
El referéndum podrá no convocarse en aquellos casos en que la generalitat estime oportuno
Pregunta 10
Pregunta
¿Cuántos grupos parlamentarios son necesarios para tener la iniciativa de reformar el Estatuto?
Respuesta
2
3
4
Pregunta 11
Pregunta
¿Qué mayoría de les Corts hace falta para tener la iniciativa para reformar el Estatuto?
Respuesta
un tercio de sus miembros
tres quintos de sus miembros
dos tercios de sus miembros
Pregunta 12
Pregunta
¿Por qué mayoria de les Corts debe ser aprobada la reforma del Estatut?
Respuesta
Por dos tercios de los miembros de les Corts, salvo cuando sea una ampliación competencial que sólo requerirá mayoría simple
Por dos tercios de los miembros de les Corts, salvo cuando sea una ampliación competencial que sólo requerirá absoluta
Por dos tercios de los miembros de les Corts, salvo cuando sea una ampliación competencial que sólo requerirá de tres quintos
Pregunta 13
Pregunta
¿En que plazo debe convocarse el referéndum para la ratificación de la reforma del Estatuto?
Respuesta
en un plazo de seis meses desde la votación final en las Cortes Generales
en un plazo de seis meses desde la votación final en les Corts
en un plazo de seis meses desde que tuvo entrada en la mesa del Congreso
Pregunta 14
Pregunta
En qué título del estatut trata sobre la reforma del estatut