Tema 37. Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid

Descripción

AAFFM AAFFM Test sobre Tema 37. Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, creado por Miguel Zuazua el 24/05/2016.
Miguel Zuazua
Test por Miguel Zuazua, actualizado hace más de 1 año
Miguel Zuazua
Creado por Miguel Zuazua hace alrededor de 8 años
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Resumen del Recurso

Pregunta 1

Pregunta
Según la Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, serán declarados Bienes de Interés Cultural:
Respuesta
  • Los Bienes inmuebles del Patrimonio Histórico con algún interés de la Comunidad de Madrid.
  • Los Bienes que posean una especial significación del Patrimonio Histórico de la CAM.
  • Los Bienes más relevantes del Patrimonio Histórico merecedores de una singular protección y tutela.
  • Los Bienes materiales, muebles e inmuebles, que requieran de una protección estricta.

Pregunta 2

Pregunta
Según la Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, los Bienes inmuebles declarados como BIC, deben hacerlo dentro de alguna de estas categorías (señalar la opción incorrecta):
Respuesta
  • Monumento.
  • Sitio o territorio Histórico.
  • Bien de Interés Etnográfico o Industrial.
  • Zona de interés Etnográfico.

Pregunta 3

Pregunta
Según la Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, serán Bienes de Interés Patrimonial:
Respuesta
  • Los Bienes que, formando parte del Patrimonio Histórico de la CAM, sin tener valor excepcional, posean una especial significación histórica o artística.
  • Los Bienes inmuebles que deban ser objeto de una singular protección y tutela, que no hayan podido ser declarados como BIC.
  • Al menos los Bienes que pertenezcan al Patrimonio documental y bibliográfico de la CAM.
  • Los Ayuntamientos podrán declarar BIC aquellos Bienes que necesiten una protección especial.

Pregunta 4

Pregunta
Según la Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, señala la opción correcta:
Respuesta
  • Los yacimientos arqueológicos y paleontológicos cuya existencia esté debidamente documentada deben incluirse en el Catálogo Geográfico de Bienes Inmuebles de la CAM.
  • Sólo se incluirán en el Catálogo Geográfico de Bienes Inmuebles de la CAM los yacimientos arqueológicos y paleontológicos que hayan sido declarados BIC o BIP, o se haya incoado el expediente de declaración.
  • El Catálogo Geográfico de Bienes Inmuebles de la CAM incluirá los bienes muebles e inmuebles que hayan sido declarados BIC o BIP, o se haya incoado expediente de declaración.
  • El entorno de un bien inmueble declarado BIC o BIP deberá tener al menos la protección de Bien de Interés Patrimonial.

Pregunta 5

Pregunta
Según la Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, señala la opción incorrecta:
Respuesta
  • El expediente para la declaración de un bien como BIC se incoará por resolución del Director General competente en patrimonio histórico.
  • El expediente se someterá a un período de información pública por plazo de un mes a contar desde la publicación en BOCM.
  • El procedimiento terminará con el acuerdo de declaración de Bien de Interés Cultural o Patrimonial por el Consejo de Gobierno de la CAM mediante decreto.
  • Los Ayuntamientos a los que afecte la declaración de un BIC o BIP tienen un año para adaptar sus normas urbanísticas.

Pregunta 6

Pregunta
Según la Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, el acuerdo de declaración de un BIC:
Respuesta
  • Deberá aprobarse en un plazo de 9 meses contados a partir de la fecha de publicación de la resolución de incoación del expediente en el BOCM.
  • Deberá aprobarse en un plazo de 1 año contado a partir de la fecha de publicación de la resolución de incoación del expediente en el BOCM.
  • Deberá aprobarse en un plazo de 6 meses contados a partir de la fecha de publicación de la resolución de incoación del expediente en el BOCM, que será de 3 meses para los BIP.
  • Deberá aprobarse en un plazo de 6 meses contados a partir de la fecha de publicación de la resolución de incoación del expediente en el BOCM. Si se produjera la caducidad del expediente por el transcurso del plazo, no podrá volver a iniciarse el procedimiento en al menos 6 meses, salvo solicitud del titular del bien o previa autorización del Consejo Regional de Patrimonio Histórico.

Pregunta 7

Pregunta
Según la Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, cuando en cumplimiento de la normativa medioambiental, la Conserjería competente en patrimonio histórico deba emitir informes por la afección del patrimonio histórico:
Respuesta
  • Deberá hacerlo en un plazo máximo de 30 días, siendo el silencio administrativo favorable a la continuación del procedimiento.
  • Deberá hacerlo en un plazo máximo de 30 días, siendo el silencio administrativo desfavorable a la continuación del procedimiento.
  • Deberá hacerlo en un plazo máximo de 3 meses, siendo el silencio administrativo favorable a la continuación del procedimiento.
  • Deberá hacerlo en un plazo máximo de 3 meses, siendo el silencio administrativo desfavorable a la continuación del procedimiento.

Pregunta 8

Pregunta
Según la Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, los criterios de intervención en un BIC se basarán en los principios:
Respuesta
  • Mínima intervención y diferenciación.
  • Mínima intervención, mejora de la accesibilidad y diferenciación
  • Mínima intervención y mejora de la accesibilidad.
  • Mejora de la accesibilidad y diferenciación.

Pregunta 9

Pregunta
Según la Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, sobre la autorización de obras e intervenciones en los bienes muebles e inmuebles declarados BIC:
Respuesta
  • La debe emitir el Ayuntamiento teniendo en cuenta la opinión de la Conserjería competente en patrimonio histórico.
  • Será la Conserjería competente en patrimonio histórico la que autorice las obras e intervenciones, que tendrá un plazo de 3 meses para notificar la resolución a los interesados.
  • Será la Conserjería competente en patrimonio histórico la que autorice las obras e intervenciones. Las obras e intervenciones en los entornos de protección se autorizarán en base al planeamiento urbanístico del municipio en cuestión.
  • El silencio administrativo será negativo a la continuación de la obra o intervención.

Pregunta 10

Pregunta
Según la Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, sobre la autorización de obras e intervenciones en los bienes muebles e inmuebles declarados BIP:
Respuesta
  • El silencio administrativo será positivo a la continuación de la obra o intervención.
  • Sólo requerirán autorización por parte de la Conserjería competente en patrimonio histórico las obras mayores, las obras menores se regularán por la legislación vigente de ordenación de la edificación.
  • Será la Conserjería competente en patrimonio histórico la que autorice las obras e intervenciones, que tendrá un plazo de 1 mes para notificar la resolución a los interesados.
  • Sólo requerirán autorización por parte de la Conserjería competente en patrimonio histórico las obras mayores, que tendrá un plazo de 2 meses para notificar la resolución a los interesados.

Pregunta 11

Pregunta
Según la Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, en la intervenciones arqueológicas y paleontológicas:
Respuesta
  • El plazo máximo para resolver por parte de la Conserjería competente acerca de la solicitud, será de 3 meses, siendo el silencio administrativo positivo a la realización de los trabajos en todo caso.
  • El plazo máximo para resolver por parte de la Conserjería competente acerca de la solicitud, será de 2 meses, siendo el silencio administrativo positivo a la realización de los trabajos en todo caso.
  • El plazo máximo para resolver por parte de la Conserjería competente acerca de la solicitud, será de 2 meses, siendo el silencio administrativo positivo a la realización de los trabajos salvo que afecte a un BIC.
  • El plazo máximo para resolver por parte de la Conserjería competente acerca de la solicitud, será de 3 meses, siendo el silencio administrativo negativo a la realización de los trabajos en todo caso.

Pregunta 12

Pregunta
Según la Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, los hallazgos y hallazgos casuales:
Respuesta
  • Se comunicarán en el plazo de 5 días naturales a la Dirección General competente en patrimonio histórico.
  • Se comunicarán en el plazo de 3 días naturales a la Dirección General competente en patrimonio histórico.
  • El descubridor y el propietario del lugar en que hubiera sido hallado casualmente el bien mueble, tiene derecho en concepto de premio en metálico, a un tercio del valor que en tasación legal se le atribuya.
  • Se comunicarán en el plazo de 5 días hábiles a la Dirección General competente en patrimonio histórico.

Pregunta 13

Pregunta
Según la Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, señala la opción incorrecta:
Respuesta
  • La Conserjería competente en patrimonio histórico o los Ayuntamientos podrán acordar la paralización de cualquier obra e intervención cuando afecte a un bien del Patrimonio Histórico.
  • La Conserjería competente en patrimonio histórico podrá acordar la paralización de cualquier obra e intervención cuando afecte a un bien del Patrimonio Histórico. Los Ayuntamientos, por su parte, también podrán solicitar dicha paralización a la Conserjería que deberá resolver en un plazo de 2 días.
  • La Conserjería resolverá en un plazo máximo de 15 días hábiles a contar desde la notificación de la orden de paralización, sobre la continuación de una obra o intervención.
  • Cuando la paralización la realice un Ayuntamiento, deberá comunicarlo en un plazo de 2 días a la Conserjería competente.

Pregunta 14

Pregunta
Según la Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, no es una infracción grave:
Respuesta
  • El incumplimiento de las obligaciones de comunicación del descubrimiento de restos arqueológicos o paleontológicos y de entrega de los bienes hallados.
  • El uso, sin autorización administrativa, de cualquier tipo de medios de detección de metales en el ámbito de los bienes del Patrimonio Histórico incluidos en el Catálogo Geográfico de Bienes Inmuebles del Patrimonio Histórico.
  • El incumplimiento de las órdenes de paralización de obras acordadas por la Conserjería competente en patrimonio histórico.
  • El incumplimiento de la obligación de comunicar las transmisiones de la propiedad de los bienes del Patrimonio Histórico en los términos exigidos por la Ley.

Pregunta 15

Pregunta
Según la Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, son responsables de las infracciones tipificadas por la Ley:
Respuesta
  • Los autores materiales de las actuaciones infractoras.
  • Los autores materiales y aquellos que indujeran a la comisión de las mismas y los técnicos o profesionales autores o directores de obras o intervenciones que contribuyan dolosa o culposamente a la comisión de la infracción, en el caso de infracciones muy graves.
  • Los autores materiales y el propietario del terreno o finca en todo caso.
  • Los autores materiales y aquellos que indujeran a la comisión de las mismas y los técnicos o profesionales autores o directores de obras o intervenciones que contribuyan dolosa o culposamente a la comisión de la infracción.

Pregunta 16

Pregunta
Según la Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, los daños ocasionados el Patrimonio Histórico causados por hechos constitutivos de infracción administrativa, serán sancionados:
Respuesta
  • Infracciones leves, multa de hasta 300 euros.
  • Infracciones graves, una multa entre 6.001 y 30.000 euros.
  • La multa será entre una y cinco veces el valor de los daños y si no pudieran valorarse económicamente, las multas graves entre 6.001 y 30.000 euros.
  • Infracciones leves, multa de hasta 60.000 euros.

Pregunta 17

Pregunta
Según la Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, los daños ocasionados el Patrimonio Histórico causados por hechos constitutivos de infracción administrativa, serán sancionados:
Respuesta
  • En las infracciones que afecten a un BIC, se podrá doblar el valor de la sanción.
  • La multa será entre una y cinco veces el valor de los daños causados, cuando los hechos constitutivos de infracción pudieran ser valorados económicamente.
  • Las multas estarán en función del beneficio obtenido en las infracciones graves y muy graves.
  • Las multas no podrán ser inferiores al beneficio obtenidos por los autores de la infracción.

Pregunta 18

Pregunta
Según la Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, los órganos competentes para imponentes las sanciones serán (señala la opción incorrecta):
Respuesta
  • El Director General competente en patrimonio histórico las multas por infracciones leves y graves de hasta 150.000 euros.
  • El Director General competente en patrimonio histórico las multas por infracciones leves y graves de hasta 100.000 euros.
  • El Director General competente en patrimonio histórico las multas por infracciones leves de hasta 100.000 euros.
  • El Director General competente en patrimonio histórico las multas por infracciones leves y graves de hasta 300.000 euros.

Pregunta 19

Pregunta
Según la Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, la prescripción de las infracciones será:
Respuesta
  • Infracciones leves y graves a los 3 años de haberse cometido.
  • Infracciones leves y graves a los 5 años de haberse cometido.
  • Infracciones muy graves a los 5 años de haberse cometido.
  • Infracciones leves y graves a los 4 años de haberse cometido.

Pregunta 20

Pregunta
Según la Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, la prescripción de las sanciones será:
Respuesta
  • 2 años para infracciones leves.
  • 3 años para infracciones graves.
  • 5 años para infracciones muy graves.
  • 2 años para infracciones graves.
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