Todos tienen derecho al Juez [blank_start]ordinario[blank_end] predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la [blank_start]acusación[blank_end] formulada contra ellos, a un proceso público sin [blank_start]dilaciones[blank_end] [blank_start]indebidas[blank_end] y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su [blank_start]defensa[blank_end], a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.La [blank_start]ley[blank_end] regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesional, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos.