Examen sobre detracciones e igv

Descripción

EL TEMA DE LAS DETRACCIONES A LA PRIMERA VENTA
jhon chandler alcca vasquez
Test por jhon chandler alcca vasquez, actualizado hace más de 1 año
jhon chandler alcca vasquez
Creado por jhon chandler alcca vasquez hace alrededor de 8 años
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Resumen del Recurso

Pregunta 1

Pregunta
Indique si es verdadero o falso la siguiente: "La transferencia en propiedad de una concesión minera no se encuentra gravada con el IGV, al no calificar como venta de bien mueble o primera venta de inmueble."
Respuesta
  • True
  • False

Pregunta 2

Pregunta
Se presume la habitualidad, cuando el enajenante realice la venta de, por lo menos, [blank_start]dos[blank_end] inmuebles dentro de un período de [blank_start]doce[blank_end] meses, debiéndose aplicar a partir de la [blank_start]segunda[blank_end] transferencia del inmueble. De realizarse en un solo contrato la venta de dos o más inmuebles, se entenderá que la primera transferencia es la del inmueble de [blank_start]menor[blank_end] valor.
Respuesta
  • dos
  • doce
  • segunda
  • menor

Pregunta 3

Pregunta
"La venta de terrenos sin construir no se encuentra dentro del campo de aplicación del IGV." corresponde al informe:
Respuesta
  • INFORME N° 061-2007-SUNAT/2B0000
  • INFORME N° 073-2008-SUNAT/2B0000
  • INFORME N° 045-2011-SUNAT/2B0000
  • INFORME N° 87-20010-SUNAT/2B0000

Pregunta 4

Pregunta
En el supuesto de una empresa no dedicada a la venta de inmuebles, que vende un inmueble que tiene como activo fijo desde hace más de tres (3) años, el cual ha sido mandado a construir: ¿La venta de dicho inmueble está gravada con el Impuesto General a las Ventas (IGV)?
Respuesta
  • SI se encuentra gravada con el Impuesto General a las Ventas
  • No se encuentra gravada con el Impuesto General a las Ventas
  • SOLO EL VALOR DE LA CONSTRUCCION
  • SOLO EL 50% DEL VALOR TOTAL

Pregunta 5

Pregunta
Cualquier persona que se dedique en forma [blank_start]habitual[blank_end] a la venta de inmuebles construidos [blank_start]totalmente[blank_end] por ella o que hayan sido construidos total o [blank_start]parcialmente[blank_end] por un tercero para ella. Para este efecto se entenderá que el inmueble ha sido construido parcialmente por un [blank_start]tercero[blank_end] cuando este último construya alguna parte del inmueble y/o asuma cualquiera de los componentes del valor agregado de la construcción.
Respuesta
  • habitual
  • totalmente
  • parcialmente
  • tercero

Pregunta 6

Pregunta
En la primera venta de inmuebles la obligación tributaria se origina:
Respuesta
  • En la fecha de percepción del ingreso, por el monto que se perciba, sea parcial o total.
  • en la fecha en que se emita el comprobante de pago de acuerdo a lo que establezca el Reglamento o En la fecha de percepción del ingreso, sea total o parcial o por valorizaciones periódicas, lo que ocurra primero.
  • En la fecha en que se anote el comprobante de pago en el Registro de Compras o en la fecha en que se pague la retribución, lo que ocurra primero.

Pregunta 7

Pregunta
En relación con la aplicación del (SPOT) a la primera venta de inmuebles gravada con el (IGV) se formulan las siguiente consulta: ¿La aplicación del SPOT sobre el “importe de la operación” debe ser entendida como su aplicación sobre el precio de venta del inmueble que se encuentre gravado con el IGV o sobre el importe total del precio que incluye el valor del terreno?
Respuesta
  • El importe sobre el cual se debe aplicar el SPOT es el importe materia de cancelación consignado en cada comprobante de pago, esto es, sobre la suma percibida por el proveedor del inmueble, sea total o parcial, sin efectuar deducción alguna por concepto del valor del terreno.
  • El importe sobre el cual se debe aplicar el SPOT es el importe materia de cancelación consignado en cada comprobante de pago, esto es, sobre la suma percibida por el proveedor del inmueble, sea total o parcial, efectuando la deducción correspondiente por el concepto del valor del terreno.

Pregunta 8

Pregunta
En relación con la aplicación del (SPOT) a la primera venta de inmuebles gravada con el (IGV) se formulan las siguiente consulta: ¿El porcentaje del SPOT equivalente al 4% se deberá aplicar sobre cada cuota del precio conforme vaya naciendo la obligación tributaria por la primera venta de inmuebles gravada con el IGV, es decir, por cada pago parcial? o ¿se deberá aplicar sobre el precio total de venta del inmueble, aun cuando el precio no haya sido pagado en su totalidad?
Respuesta
  • En aquellos casos en los que se hubiera pactado el pago en cuotas de la operación de venta de inmuebles gravada con el IGV, el monto del depósito a que obliga el SPOT deberá calcularse aplicando el porcentaje del 4% sobre el importe de cada pago.
  • En aquellos casos en los que se hubiera pactado el pago en cuotas de la operación de venta de inmuebles gravada con el IGV, el monto del depósito a que obliga el SPOT deberá calcularse aplicando el porcentaje del 4% precio total de venta del inmueble.
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