Jueves, 30 de agosto del 2022.
ACTIO (ACCIÓN) - Segunda república y el principado (acrecentamiento de territorio), inclusión de nueva étneas
El sistema romano es un sistema de acción; el derecho romano es un ordenamiento positivo que estuvo concentrado especialmente en ofrecer soluciones a los conflictos de la sociedad.
Cuando los conflictos se resuelven con la/por la fuerza; se está renunciando al uso de la razón. El uso de la razón está presente en todos los ordenamientos positivos (Referencia: Art. 17)
Si se tiene algún tipo de conflicto, ve con un juez o acude a un tribunal; actio
EL JUICIO PRIVADO DE LA ÉPOCA CLÁSICA (DERECHO ROMANO)
La lex romano, la ley pública romana, la ley romana es siempre PÚBLICA, porque está hecha por los órganos del estado o por el poder público (los juristas/científicos del derecho)
Los jurisconsultos elaboran el ius y por ello hemos determinado que es un ius jurisprudencial.
IUS CIVILE → AL IUS GENTIUM
En cuanto al derecho, denominamos como fórmula al escrito por que, en el conflicto, se entregan al pretor al entablar el juicio, fijando sus posiciones. Esta misma incluye:
El nombramiento del juez (pretor)
Los elementos que se tendrán presentes al resolver el conflicto
El pretor, se encarga de pasar la fórmula al juez como instrucción de la resolución del conflicto
Aquello que no es relevante no procede se define como "desechamiento o improcedencia".
Enunciado que contiene un juicio, una orden
✅ "La acción abre las puertas del juicio" -Cipriano Gómez Lara
El antiguo ius civile, se encontraba plasmado en latín. Y esto, causaba un problema en el ius gentium
Experito; prontitud, celeridad.
Demandar un juicio = demandar.
Un juicio, siempre a de empezar con una demanda
PROCEDIMIENTO PER FÓRMULAS; la época clásica pertenece a un tipo de procedimiento, coincide con un procedimiento per fórmulas
Antes la época clásica (arcaico) existe, otro procedimiento
(150 a 130 a.C)
Se introduce una fórmula escrita, echa llegar por medio de pretor
✏️ ¿Qué es la fórmula? ✏️
Género; documento escrito en donde las partes en conflicto
EL PRETOR NO ES UN NOTARIO PÚBLICO (anotan lo que las partes declaran)
PRETOR; Magistrado (ALTO) de la república, actúa como funcionario. También se encarga de encontrar al juez
CASOS (cuando no procede)
La acusación es frívola
No hay pruebas
Confesión espontánea
KANT: Todo el derecho a partir de un hipotético categórico/hipotético, condena al demandado
Jueves, 1 de septiembre del 2022.
JUEZ: no es un funcionario público que tenga por oficio juzgar. En el derecho clásico romano, es un particular. Y, a partir de la época posclásica (se crea la burocracia). El juez privado clásico romano, no es un funcionario público (a diferencia de los del derecho público). Muy semejante a lo que hoy en día, consideramos un árbitro. El nombramiento del juez tiene una base convencional. Ofrecimiento de pruebas (Art. 18); los jueces, no pueden o no están autorizados a no sentencia a pesar de que la ley sea insuficiente. Tras checar la prueba, da una opinión, llamada sentencia. ADICIONAL: se encarga de sentenciar lo suyo de cada cual
PRETOR: magistrado con potestad, funcionario público que administra justicia, es decir, concede o deniega la acción. La facultad derivada de la potestas del pretor es la iurisditio (jurisdicción). No dirime el conflicto. Siempre hay un juicio cuando interviene el pretor
Son magistrados electos (elegidos) por medio de asambleas populares llamadas comicios
Es un cargo público, considerado honorario (no tienen un sueldo)
IUS HONORARIUM: hace referencia al derecho que crea, específicamente, el pretor. Por tanto, siempre está relacionado con la administración de la justicia (jurisdicción). Su perspectiva es diversa (a comparación del ius gentium).
ACTOR: el demandante que inicia el procedimiento.
DEMANDADO: a quien se dirige la reclamación.
✅ Proceso de diferenciación social.
TODOS LOS MAGISTRADOS DE LA REPÚBLICA, DESEMPEÑAN DE MANERA HONORARIA (no tienen un sueldo, no les pagan)
NON LIQUET: cuando no se puede dictar sentencia
Nadie puede ser llevado a juicio dos veces por la misma causa
Cuando se dicta la sentencia (en juicio) se crea un estado llamado rey iudicata
Ley (es general, abstracta, impersonal (no va dirigida a ninguna persona en específico
En el Derecho romano las acciones son típicas (no hay un modo genérico; no es siempre la misma acción) , es decir, cada supuesto genérico de reclamación cuenta con su propia fórmula, es decir, con su propia acción (der. romano únicamente).
Hay múltiples supuestos de reclamación: por ejemplo, dinero, aportaciones de un socio, litigios relacionados con inmuebles, etc.
GLOSARIO
JUICIO; Controversia entre dos partes a causa de un conflicto de intereses jurídicamente relevante
ACTIO; derecho de perseguir en juicio lo que es debido a una persona
FÓRMULA
CUM IMPERIO; suma potestas (soberanía)
JURISDITIO: Administrar justicia
SENTENCIA: Una de la partes, tiene la razón
NON VIX: no dos veces
IN IDEM: lo mismo
CRES IUDICATA: cosa juzgada
SENTENCIA: Es un dicho que equivale a decir
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