El ejido en México es una figura jurídica mediante la cual una comunidad de personas (no empresas ni personas morales) es propietaria de una gran extensión territorial.
la Revolucion Agraria, el Estado expropió grandes fracciones de territorio a los Hacendados para poder repartirlas entre los que carecían de vivienda, la gente más pobre. Dichos terrenos podían ser trabajados pero no vendidos; aunque sí podían heredarse. A quienes recibieron estas tierras se les conoció como ejidatarios.
Tierras parceladas: pertenecen a un individuo y él tiene derecho a enajenarlas a otras personas, pero no así de venderlas. Su derecho reside en aprovechar el usufructo de dicho terreno.
Las parcelas se reparten entre los propios ejidatarios para que las cultiven y aprovechen sus productos en forma particular.
Las fracciones de terreno habitacionales designadas por la asamblea de ejidatarios como “solar”, son propiedad plena del ejidatario a quien se le entregue y puede este último disponer libremente de ella para venderla, regalarla, donarla, heredarla, hipotecarla, etc.
Expropiación conducta desarrollada por la administración pública para privar a una persona de la titularidad de un bien (como una casa, una empresa o una fábrica) o de un derecho , a cambio de una indemnización.
Por medio de la expropiación, la pertenencia de un bien pasa de un titular privado al Estado.