Sentencia t 406 derechos

Descripción

Diagrama sobre Sentencia t 406 derechos, creado por Ramiro Alejandro Corchuelo Nivia el 03/10/2017.
Ramiro Alejandro Corchuelo Nivia
Diagrama por Ramiro Alejandro Corchuelo Nivia, actualizado hace más de 1 año
Ramiro Alejandro Corchuelo Nivia
Creado por Ramiro Alejandro Corchuelo Nivia hace casi 7 años
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Resumen del Recurso

Nodos de los diagramas

  • Sentencia T-406 de 1992
  • Empresas publicas de cartagena empieza la construcción de un servicio de alcantarillado y llevado un año decide ponerlo en funcionamiento sin haberlo terminado lo cual ocasiona desbordamiento de aguas negras y por ende perjuicios al medio ambiente y la comunidad.
  • Se presente un problema debido a que se esta intentado defender un derecho colectivo por medio de accion de tutela
  • Consideraciones
  • Estado social de derecho
  • Principios
  • Valores
  • Nos dicen que es la justicia
  • Se materializan a a travez de las leyes
  • Catalogo  axiológico
  • NInguna norma puede estar encontra de estos
  • Base axiologica-juridica del sistema normativo
  • Normas de caracter general
  • Humanos
  • Fundamentales
  • Se diferencia del estado de derecho por
  • Derechos 
  • Mayor preocupación por la justicia material
  • Se busca garantizar los derechos mas allá de el poder del legislativo
  • Colectivos
  • Civiles y politicos
  • Sociales E y C
  • Emanados dierectamente de los principios
  • Aplicación directa del texto constitucional
  • Contenido esencial
  • Inherentes al ser humano
  • Creados para proteger la esencia del ser humano
  • Garantias exclusivas de un individuos
  • Producto de las revoluciones burguesas
  • Se necesita voluntad del gobernante y erogación para materializarce economica
  • Corresponden al ser humano como grupo
  • Pertenecen a todos pero nadie puede adjudicarselos
  • Se defienden por acciones populares
  • Decisión 
  • Primero
  • Cuarto
  • Tercero
  • Segundo
  • Revocar la providencia del tribunal contencioso administrativo de Bolivar del 12 de febrero de 1992
  • En todos los casos similares a este  o en sus circunstancias, la doctrina constitucional plasmada en esta sentencia es de carácter obligatorio en los términos del articulo 33 del decreto 2591 de 1991
  • Ordenar a las empresas publicas de cartagena la terminacion de la construccion, mientras tanto tomar mediadas encaminadas a la cesacion de las molestias
  • Ordenar que por secretaria se le comunique al tribunal contencioso administrativo de Bolivar, en la forma y para  los efectos plasmados en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991
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