Es la rama del derecho público interna
Relativa a los delitos, a las penas y a las medidas de seguridad que tiene por objetivo inmediato la creación y la conservación del orden social.
FUENTES DEL DERECHO PENAL
REALES
FORMALES
HISTÓRICAS
Son la causa que hace necesaria la creación de la norma; constituye un
acontecimiento que, en un momento dado, propicia el surgimiento de una norma jurídica.
Son los procesos de creación de las nomas jurídicas
La ley
La jurisprudencia
La costumbre
La doctrina y los principios generales del derecho
Son los medios objetivos en los cuales se
Contienen las normas jurídicas
Pergaminos o códices
ELEMENTOS OBJETIVOS
ELEMENTOS NORMATIVOS
Son aquellos que requieren valoración por parte del intérprete o del juez que ha de aplicar la ley
ELEMENTOS SUBJETIVOS
Pertenecerán al mundo síquico del agente o de un tercero, pero perceptibles por medio de los sentidos
Podemos entender como aquellos que proceden del mundo externo perceptible por los sentidos, es decir tiene la característica de ser tangibles, externos, materiales, por lo que también podríamos decir que son objetivos los que representan cosas, hechos o situaciones del mundo circundante
ÁMBITOS DE VALIDEZ DE LA LEY PENAL
MATERIAL
TEMPORAL
ESPACIAL
PERSONAL
Común, local u ordinario
Federal o excepcional
Militar o castrense
Vigencia de la ley
Prohibición de retroactividad en perjuicio
Principios
De territorialidad
De extraterritorialidad
Personal
Real
Universal
Extradición
Activa
Pasiva
Espontánea
Voluntaria
De paso o tránsito
Expulsión
Igualdad de todos ante la ley
Excepciones
Derecho interno: declaración de procedencia (fuero) I