AUTORIDAD ADUANERA AYLIN JUAREZ

Descripción

Diagrama sobre AUTORIDAD ADUANERA AYLIN JUAREZ, creado por aylin JUAREZ el 22/04/2018.
aylin  JUAREZ
Diagrama por aylin JUAREZ, actualizado hace más de 1 año
aylin  JUAREZ
Creado por aylin JUAREZ hace más de 6 años
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Resumen del Recurso

Nodos de los diagramas

  • AUTORIDAD ADUANERA
  • Persona física que en virtud de la ley y en el ejercicio de sus funciones, tiene la facultad para exigir y controlar el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia aduanera.
  • Le compete a la autoridad aduanera ejercer las facultades que establece la Ley Aduanera.
  • Funciones
  • Proteger los intereses financieros de la Comunidad y de sus Estados miembros.  
  • Proteger a la comunidad del comercio desleal e ilegal apoyando al mismo tiempo las actividades comerciales legítimas.
  • Garantizar la seguridad y protección de la comunidad y de sus residentes.
  • Protección del medio ambiente, actuando cuando proceda, en estrecha cooperación con otras autoridades
  • Mantener un equilibrio adecuado entre los controles aduaneros y la facilitación del comercio legitimo.
  • Fundamentación Jurídica
  • Art. 3
  • Son facultades exclusivas de las autoridades aduaneras: Las funciones relativas a la entrada de mercancías al territorio nacional o a la salida
  • Art. 6
  • La información, deberá transmitirse a través del sistema electrónico aduanero mediante documento electrónico o digital, según se exija, empleando la firma electrónica avanzada o el sello digital
  • art. 10
  • La entrada o la salida de mercancías,las maniobras, el embarque o desembarque de pasajeros y la revisión de sus equipajes, deberá efectuarse por lugar autorizado, en día y hora hábil.
  • El Servicio de Administración Tributaria podrá autorizar la entrada al territorio nacional o la salida de mercancía,  que por su naturaleza o volumen no puedan despacharse conforme a lo establecido en el párrafo anterior 
  • Art. 19
  • Las A.A podrán autorizar que los servicios, sean prestados por el personal aduanero, en lugar distinto del autorizado o en día u hora inhábil, siempre que se cumplan los requisitos.
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