Linea de tiempo de la salud ocupacional

Descripción

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Luisa Fernanda PINEROS ANDRADE
Diagrama por Luisa Fernanda PINEROS ANDRADE, actualizado hace más de 1 año
Luisa Fernanda PINEROS ANDRADE
Creado por Luisa Fernanda PINEROS ANDRADE hace más de 4 años
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Resumen del Recurso

Nodos de los diagramas

  • Línea de tiempo  de la  Salud Ocupacional 
  •  PREHISTORIA Dependencia del hombre- naturaleza pasó de la recolección a actividades agrícolas  y pecuarias.
  • EDAD ANTIGUA organización de los trabajos según la capacidad de trabajo de las personas. 
  • EGIPTO innovación en seguridad          (arnés, sandalias, andamios) relación entre las posturas incomoda y fatigas de los trabajadores 
  • MESOPOTAMIA Deberes y derechos de la comunidad -código de "hammurabi"
  • GRECIA  División y profesionalización del trabajo.
  • HIPOCRATES  escribe tratado sobre enfermedades asociadas al trabajo en minas.
  • ARISTOTELES  Plantea prevenir las deformaciones físicas producto de actividades. 
  • PLINIO EL VIEJO  Uso de elementos de protección personal.
  • ORDENANZAS DE        FRANCIA              Cuyo objetivo era velar por la seguridad de la clase trabajadora      ( feb 21,1413)-        ( may 21, 1417 )  
  • LEGISLACIÓN PARA LA CONTRIBUCIÓN A LA ORGANIZACIÓN EN EL AMBIENTE LABORAL Se disminuye el numero de horas laborales y se establece un rango de edades para el desarrollo del trabajo.
  • GEORGIUS AGRICOLA    Tratado "DE RE Metallica" enfermedades productos de actividades mineras.
  • CONSPIRACIÓN DE LOS IGUALES  1796     orígenes de movimientos sindical, exigen mejoras de instalaciones, iluminación, reducción de horario y inspección de trabajo.
  • REGLAMENTACIÓN DEL TRABAJO 1802                    En Inglaterra, el parlamento reglamenta sobre la jornada laboral en las fabricas, la edad mínima para ingresar a laborar a ellas y sobre requisitos académicos para desempeñar algunas funciones
  •   CONGRESO DE ANGOSTURA 1819   Simón Bolivar  aborda en su discurso la seguridad social , la felicidad , asociada a la estabilidad política.
  • LEY DE PROTECCIÓN A LAS MUJERES 1844                Se adoptan medidas para la protección de la mujer y la niñez expuesta a trabajo nocturno.      
  • LEY DE TRABAJO PARA        NIÑOS   1841                        Francia prohíbe el trabajo para niños menores de 8 años en las factorías.
  • LEGISLACIÓN EN RIESGOS LABORALES 1890                              Se generaliza a nivel mundial la legislación que busca proteger a la sociedad y los trabajadores contra los riesgos laborales.
  • WINSCONSIN EE.UU 1911 Se aprueba primera ley que obliga a la indemnización obligatoria al trabajador.
  • LEY 57 DEL 1915                Ley Rafael Uribe Uribe, reglamenta en Colombia lo referente a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
  • ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO 1919      Se crea en virtud del Tratado de Versalles, se complementa con la Declaración de Filadelfia de 1944.
  • LEY GENERAL DEL TRABAJO 1945           El Congreso de Colombia dicta algunas disposiciones sobre convenciones de trabajo, asociaciones profesionales, conflictos colectivos y jurisdicción especial de trabajo.
  • INSTITUTO DE SEGURO SOCIAL 1946   Creado en >Colombia con el fin de atender la de manda de seguridad social de los empleados públicos
  • DECRETO 614   DE  1984    Los ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud Colombianos, reglamentan la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo.   
  • DECRETO 1335 DE 1987                        El gobierno colombiano expide este decreto mediante el cual se expide el reglamento de seguridad en las labores subterráneas.
  • RESOLUCIÓN 1016 DE 1989                              Los Ministerios de Trabajo, Seguridad Social y de Salud de la República de Colombia reglamentan la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el pais.
  • RESOLUCIÓN 1075 DE 1992          El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Republica de Colombia reglamenta las actividades en materia de Salud Ocupacional. Incluye medicina preventiva en los programas de SO.
  • SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES 1994                                       El Sistema General de Riesgos Profesionales es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.
  • RESOLUCIÓN 2318 DE 1996         El Ministerio de Salud de Colombia delega y reglamenta la expedición de licencias de Salud Ocupacional
  • LEY 776 DE 2002            El Congreso de Colombia dicta normas sobre la organización, administración y prestaciones del Sistema General de Riesgos Profesionales
  • RESOLUCIÓN 2346 DE 2007          El Ministerio de la Protección Social regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales
  • RESOLUCIÓN 2346 DE  2007           El Ministerio de la Protección Social regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales.
  • RESOLUCIÓN 2646 DE 2008       Por la cual se El Ministerio De La Protección Social de La República de Colombia establece disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional.
  • RESOLUCIÓN 1414 DE 2008       El ministerio de la Protección Social Resuelve que todas las personas que, de acuerdo con la ley estén obligadas a efectuar aportes al Sistema de la Protección Social, incluidas las personas que contando con ingresos, estos no provengan de una relación laboral o legal y reglamentaria, deberán hacerlo a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, PILA, bien sea en su modalidad electrónica o en la asistida
  • TRABAJO EN ALTURAS           El Ministerio de La Protección Social de Colombia establece a través de la Resolución 3673 de 2008 que toda actividad laboral que se desarrolle en alturas que superen los 1.5 metros de altura debe estar reglamentada y ejecutada por personal calificado para este fin
  • ACTUALIZACIÓN LISTA ENFERMEDADES PROFESIONALES               El Ministerio de Protección Social expidió el Decreto 2566 de 2009, en el cual se actualizó la lista de enfermedades profesionales a efectos de complementar lo definido en el Sistema General de Riesgos Profesionales
  • SG SST 2014    Decreto 1443 del 2014 dicta disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)
  • DECRETO NÚMERO 1072 DE 2015                              El Ministerio de Trabajo fomenta políticas y estrategias para la generación de empleo estable, la formalización laboral, la protección a los desempleados, la formación de los trabajadores, la movilidad laboral, las pensiones y otras prestaciones. (Decreto Ley 4108 de 2011, art. 1)
  • DECRETO NÚMERO 780 DE 2016     El Ministerio de Salud y Protección Social es la cabeza del Sector Administrativo de Salud y Protección Social y tendrá como objetivos, dentro del marco de sus competencias, formular, adoptar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar la política pública en materia de salud, salud pública, promoción social en salud, así como, participar en la formulación de las políticas en materia de pensiones, beneficios económicos periódicos y riesgos laborales, lo cual se desarrollará a través de la institucionalidad que comprende el sector administrativo
  • DECRETO NÚMERO' 2017 DE 2016 (7 dic 2016)                   En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 188 y 189 de la Constitución Política y la Ley 418 de 1997 modificada y prorrogada por las leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006, 1421 de 2010,1738 de 2014,1779 de 2016
  •   DECRETO 1072 DE 2016             Artículo 2.2.4.6.1: El presente capítulo tiene por objeto definir las directrices de obligatorio cumplimiento para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), que deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados.Artículo 2.2.4.6.3.: Seguridad y salud en el trabajo (SST). La Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) es la disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo.
  • DECRETO 1072 DE 2016  Artículo 2.2.4.6.8.: Cita las OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES. En este numeral se enfatiza muy bien que el “empleador” tiene la obligación de cumplir o brindar toda la protección en temas de seguridad y la salud para los trabajadores. Artículo 2.2.4.6.37.: Transición. Todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo cualquier modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, así como las empresas de servicios temporales, deberán sustituir el Programa de Salud Ocupacional por el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST).
  • RESOLUCIÓN 2013 DE 1986 Artículo primero Todas las empresas e instituciones, públicas o privadas, que tengan a su servicio diez o más trabajadores, están obligadas a conformar un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, cuya organización y funcionamiento estará de acuerdo con las normas del Decreto que se reglamenta y con la presente Resolución. Artículo quinto. El empleador nombrará directamente sus representantes al Comité y los trabajadores elegirán los suyos mediante votación libre.  
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