MAPA CONCEPTUAL DERECHO COMERCIAL

Descripción

DIFERENCIA ENTRE EMPRESA Y COMERCIANTE
Gilber Fernando Soto Perdomo
Diagrama por Gilber Fernando Soto Perdomo, actualizado hace más de 1 año
Gilber Fernando Soto Perdomo
Creado por Gilber Fernando Soto Perdomo hace más de 4 años
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Resumen del Recurso

Nodos de los diagramas

  • ECÓNOMIA 
  • Comerciante
  • Empresa
  • Diferencia
  • Definición. Art. 25 Código de Comercio de Colombia: Se entenderá por empresa toda actividad económica organizada para la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes o para la prestación de servicios.  Dicha actividad se realizará a través de uno o más establecimientos de comercio”.
  • Definición. Art. 10 Código de Comercio de Colombia: Son comerciantes las personas que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles. La calidad de comerciante se adquiere aunque la actividad mercantil se ejerza por medio de apoderado, intermediario o interpuesta persona.
  • Tipos de empresas y su diferencias
  • Sociedades Anómimas
  • Sociedaddes Anónimas Simplificadas
  • Sociedades Colectivas
  • Sociedades de Responsabilidad Limitada
  • Sociedades en Comandita
  • Empresa Unipersonal
  • *Formado por la reunión de un fondo social  suministrado por accionistas. *Administrado por gestores temporales y revocables. *Se constituye con un número mínimo de 5 accionistas. *El capital social se divide en acciones de igual valor y se representa en títulos negociables. *Denominación seguida de las letras S.A *Las acciones son inscritas en el registro nacional de valores.
  • Creada mediante la Ley 1258 del 5 de diciembre de 2008, Por medio de la cual se crea la sociedad por acciones simplificada.
  • *La responsabilidad social e ilimitada de los socios responden solidariamente e ilimitadamente por las operaciones sociales. * Cualquier sociedad mercantil podrá formar parte de las sociedades colectivas cuando lo decida la asamblea o la junta de socios con unanimidad de los votos. *La administración de la sociedad colectiva corresponde a todos y cada uno de los socios, y puede ser delegada a sus consocios o en extraños. *La representación de la sociedad llevará implícita la facultad de usar una firma social y de celebrar todas las operaciones comprendidas dentro de un giros ordinario de los negocios sociales.  *Se puede delegar la administración a varias personas, sin determinar funciones y facultades, se entenderá que podrá ejercer por separado cualquier acto de administración.
  • *Los socios responden hasta por el monto de sus portes. *El capital social en su totalidad al momento de constituirse. *Esta integrada máximo de 25 socios. *la razón social o denominación debe estar seguida de la palabra limitada o LTDA.  
  • Sociedades Comandita por Acciones
  • * Creadas mediante Ley 222 del 20 de diciembre de 1995,  *Se constituye mediante una  persona natural o jurídica que reúna las calidades requeridas para ejercer el comercio, podrá destinar parte de sus activos para la realización de una o varias actividades de carácter mercantil. *Se crea mediante documento escrito en el cual se expresa el nombre, documento de identidad, domicilio y dirección del empresario, denominación de la razón social seguida de la expresión E.U, domicilio, termino de duración, enunciación clara y completa de las actividades, el monto del capital haciendo descripción pormenorizado de los bines aportados, con estimación de valor. *La forma de administración y el nombre, documento de identidad y las facultades de sus administradores.
  • El comerciante es la persona que profesionalmente realiza aptos de comercio, en cambio el empresario es el titular de una empresa.
  • Sociedades Comandita Simple
  • *En el acto constitutivo no es necesario que intervengan los socios comanditarios; pero en la escritura siempre se expresará el nombre, domicilio y nacionalidad de los suscriptores, el número de acciones suscritas, su valor nominal y la parte pagada. *La comandita por acciones no puede constituirse ni funcionar con menos de cinco accionistas. *El capital social está constituido por acciones representadas en títulos de igual valor. 
  • *se constituye mediante escritura otorgada a todos los socios colectivos con o sin intervención de los comanditarios; pro se debe expresar siempre el nombre, domicilio y nacionalidad de los comanditarios y el valor de los de los aportes de estos. *La cesión de cuotas o partes de interés se realizan mediante escritura publica.
  • Creada mediante la Ley 1258 del 5 de diciembre de 2008
  • Decreto 410 de 1971 por el cual se expide el Código de Comercio
  • *Se constituyen por una o varias personas naturales o jurídicas, quienes sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. *Los accionistas no serán responsables por las obligaciones laborales, tributarias o de cualquier otra naturaleza en que incurra la sociedad, salvo cuando se utilice la sociedad por acciones simplificada en fraude a la ley o en perjuicio de terceros. *La sociedad por acciones simplificada, una vez inscrita en el Registro Mercantil, formará una persona jurídica distinta de sus accionistas. * La sociedad por acciones simplificada es una sociedad de capitales cuya naturaleza será siempre comercial, independientemente de las actividades previstas en su objeto social. Para efectos tributarios, la sociedad por acciones simplificada se regirá por las reglas aplicables a las sociedades anónimas. *Las acciones y los demás valores que emita la sociedad por acciones simplificada no podrán inscribirse en el Registro Nacional de Valores y Emisores ni negociarse en bolsa.
  • organismos estatales interactúan para formalizar una empresa y a un comerciante
  • Cámara de Comercio y la Superintendencia de Industria y Comercio
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