SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCION

Descripción

Integrantes del SNA
Carlos Ernesto Seca Vazquez
Diagrama por Carlos Ernesto Seca Vazquez, actualizado hace más de 1 año
Carlos Ernesto Seca Vazquez
Creado por Carlos Ernesto Seca Vazquez hace más de 4 años
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Resumen del Recurso

Nodos de los diagramas

  • SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN
  • COMITÉ COORDINADOR
  • COMITÉ DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
  • COMITÉ RECTOR DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN
  • Artículo 10 de la LGSNA. Son integrantes del Comité Coordinador: I. Un representante del Comité de Participación Ciudadana, quien lo presidirá; II. El titular de la Auditoría Superior de la Federación; III. El titular de la Fiscalía Especializada de Combate a la Corrupción; IV. El titular de la Secretaría de la Función Pública; V. Un representante del Consejo de la Judicatura Federal; VI. El Presidente del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, y VII. El Presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
  • Artículo 16 de la LGSNA. El Comité de Participación Ciudadana estará integrado por cinco ciudadanos de probidad y prestigio que se hayan destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción.
  • Artículo 39 de la LGSNA. El Sistema Nacional de Fiscalización contará con un Comité Rector conformado por la Auditoría Superior de la Federación, la Secretaría de la Función Pública y siete miembros rotatorios
  • Designación de miembros
  • Designación de miembros
  • Designación de miembros
  • Se compone de
  • I. Comité de Participación Ciudadana: colabora con el comité Coordinador para el cumplimiento de objetivos del SNA, su presidente lo es también del Comité Coordinador y es el vinculo con organizaciones de la sociedad civil. II. Auditoría Superior de la Federación: encargado de revisar el uso de recursos en los tres poderes de la Unión, estados, municipios, o cualquier persona física o moral que maneje dichos recursos. III. Fiscalía Especializada de Combate a la Corrupción: se encarga de investigar y perseguir delitos por hechos de corrupción. IV. Secretaría de la Función Pública: encargada de prevenir, vigilar e investigar todas faltas administrativas y sancionar las no graves por servidores públicos federales. V. Consejo de la Judicatura Federal: encargado de la vigilancia y disciplina de jueces y magistrados federales, tiene a su cargo la investigación y sanción de las faltas administrativas cometidas por servidores públicos de ese poder de la Unión. VI. Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales: responsable de garantizar que las personas tengan acceso a la información pública, protege los datos personales y promueve la rendición de cuentas del gobierno a la sociedad, acciones elementales para prevenir la corrupción. VII. Tribunal Federal de Justicia Administrativa: encargado de sancionar a los servidores públicos que cometen faltas administrativas graves y garantiza la legalidad en materia administrativa y fiscal.
  • Artículo 22 de la LGSNA. El Presidente del Comité de Participación Ciudadana tendrá como atribuciones: I. Presidir las sesiones; II. Representar a dicho Comité ante el Comité Coordinador;
  • Sus funciones
  • Sus funciones
  • Sus funciones
  • El sistema promueve el intercambio de información, ideas y experiencias en la fiscalización de los recursos públicos, busca normalizar los procedimientos, técnicas, criterios, estrategias y programas en la materia
  • Secretaría Ejecutiva del SNA (SESNA): su labor es apoyar al Comité Coordinador para mejorar e implementar sus decisiones así como la coordinación del SNA. Propone políticas públicas, diseña metodologías de evaluación y administra la Plataforma Digital Nacional.
  • Comisión Ejecutiva: es el órgano técnico auxiliar de la SESNA y se conforma por nuestro secretario técnico y los miembros del CPC, con excepción de su presidente. Sus principales funciones son: generar insumos técnicos, metodologías de seguimiento y mecanismo de información sobre la Política Nacional Anticorrupción (PNA) y políticas integrales, metodologías de seguimiento y mecanismos de información en materia de combate a la corrupción, para ser presentados y, en su caso, aprobados por el Comité Coordinador.
  • Trabaja en conjunto con
  • Crean una
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