COMITÉ RECTOR DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN
Artículo 10 de la LGSNA. Son integrantes del Comité Coordinador:
I. Un representante del Comité de Participación Ciudadana, quien lo presidirá;
II. El titular de la Auditoría Superior de la Federación;
III. El titular de la Fiscalía Especializada de Combate a la Corrupción;
IV. El titular de la Secretaría de la Función Pública;
V. Un representante del Consejo de la Judicatura Federal;
VI. El Presidente del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, y
VII. El Presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Artículo 16 de la LGSNA. El Comité de Participación Ciudadana estará integrado por cinco ciudadanos de probidad y prestigio que se hayan destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción.
Artículo 39 de la LGSNA. El Sistema Nacional de Fiscalización contará con un Comité Rector conformado por la Auditoría Superior de la Federación, la Secretaría de la Función Pública y siete miembros rotatorios
Designación de miembros
Designación de miembros
Designación de miembros
Se compone de
I. Comité de Participación Ciudadana: colabora con el comité Coordinador para el cumplimiento de objetivos del SNA, su presidente lo es también del Comité Coordinador y es el vinculo con organizaciones de la sociedad civil.
II. Auditoría Superior de la Federación: encargado de revisar el uso de recursos en los tres poderes de la Unión, estados, municipios, o cualquier persona física o moral que maneje dichos recursos.
III. Fiscalía Especializada de Combate a la Corrupción: se encarga de investigar y perseguir delitos por hechos de corrupción.
IV. Secretaría de la Función Pública: encargada de prevenir, vigilar e investigar todas faltas administrativas y sancionar las no graves por servidores públicos federales.
V. Consejo de la Judicatura Federal: encargado de la vigilancia y disciplina de jueces y magistrados federales, tiene a su cargo la investigación y sanción de las faltas administrativas cometidas por servidores públicos de ese poder de la Unión.
VI. Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales: responsable de garantizar que las personas tengan acceso a la información pública, protege los datos personales y promueve la rendición de cuentas del gobierno a la sociedad, acciones elementales para prevenir la corrupción.
VII. Tribunal Federal de Justicia Administrativa: encargado de sancionar a los servidores públicos que cometen faltas administrativas graves y garantiza la legalidad en materia administrativa y fiscal.
Artículo 22 de la LGSNA. El Presidente del Comité de Participación Ciudadana tendrá como atribuciones: I. Presidir las sesiones; II. Representar a dicho Comité ante el Comité Coordinador;
Sus funciones
Sus funciones
Sus funciones
El sistema promueve el intercambio de información, ideas y experiencias en la fiscalización de los recursos públicos, busca normalizar los procedimientos, técnicas, criterios, estrategias y programas en la materia
Secretaría Ejecutiva del SNA (SESNA): su labor es apoyar al Comité Coordinador para mejorar e implementar sus decisiones así como la coordinación del SNA. Propone políticas públicas, diseña metodologías de evaluación y administra la Plataforma Digital Nacional.
Comisión Ejecutiva: es el órgano técnico auxiliar de la SESNA y se conforma por nuestro secretario técnico y los miembros del CPC, con excepción de su presidente. Sus principales funciones son: generar insumos técnicos, metodologías de seguimiento y mecanismo de información sobre la Política Nacional Anticorrupción (PNA) y políticas integrales, metodologías de seguimiento y mecanismos de información en materia de combate a la corrupción, para ser presentados y, en su caso, aprobados por el Comité Coordinador.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.