RESPONSABILIDAD CIVIL CULPOSA

Descripción

La Responsabilidad Civil Culposa nace de una ACCIÓN u OMISIÓN culposa, aunque no intencional de un funcionario responsable que no toma las debidas precauciones, cautelas necesarias y que generan perjuicios directos e indirectos a los bienes y servicios del estado, o en el caso de PAGO INDEBIDO sin fundamento legal o contractual o sin que el beneficiario no hubiere entregado la obra, bien o servicio, o hubiera cumplido parcialmente. Este perjuicio se establecerá: 1. Glosa 2. Orden de Reintegro
LUIS FELIPE ROMAN
Diapositivas por LUIS FELIPE ROMAN, actualizado hace más de 1 año
LUIS FELIPE ROMAN
Creado por LUIS FELIPE ROMAN hace más de 6 años
671
0

Resumen del Recurso

Diapositiva 2

    INTRODUCCIÓN
    Pie de foto: : La Determinación y el Trámite de Responsabilidades se fundamentan, en el cumplimiento de:

Diapositiva 3

    INTRODUCCIÓN
    Pie de foto: : Este proceso se inicia en la Fase 5 – Seguimiento, con el Memorando de Antecedentes para el establecimiento de responsabilidades administrativas, Civiles culposas Art. 16-17-18 al 31, e Indicios de Responsabilidad Penal.

Diapositiva 4

    INTRODUCCIÓN
    Pie de foto: : Los informes de auditoria son enviados a la Dirección de Responsabilidades de la Controlaría.

Diapositiva 5

    1.RESPONSABILIDAD CIVIL CULPOSA
    Pie de foto: : De un funcionario responsable que no toma las debidas precauciones, cautelas necesarias y que generan perjuicios directos e indirectos a los bienes y servicios del estado, o en el caso de PAGO INDEBIDO sin fundamento legal o contractual o sin que el beneficiario no hubiere entregado la obra, bien o servicio, o hubiera cumplido parcialmente.

Diapositiva 6

Diapositiva 7

    LA GLOSA Art. 17
    Pie de foto: : Genera una obligación jurídica INDEMNIZATORIA del perjuicio económico ocasionado a las instituciones del estado a la fecha en que se produjo, que nace sin convención, proveniente de un acto o hecho culposo del servidor publico o de un tercero, cometido SIN intención de dañar.

Diapositiva 8

    PLAZO PARA CONTESTAR LA GLOSA
    Pie de foto: : El plazo para contestar una GLOSA es de 60 días para presentar las pruebas de descargo a la LOCGE según el numeral 1 del Art. 53 con dos tipos de notificaciones: por boletas o por correo electrónico.

Diapositiva 9

    PRUEBAS DE DESCARGO DE GLOSAS
    Pie de foto: : Existen dos tipos de pruebas de descargo de glosas: la primera consta de documentos originales o copias certificadas y la segunda de pruebas declaratorias testimoniales, confesión judicial, inspección ocular y otras que se detallan en el gráfico previo.

Diapositiva 10

    ANÁLISIS
    Pie de foto: : El análisis de pruebas es llevado a la Dirección de Responsabilidades de la Controlaría con la correspondiente RESOLUCIÓN debidamente motivada en la que confirmará o desvanecerá total o parcialmente la RESPONSABILIDAD CIVIL CULPOSA: GLOSA.

Diapositiva 11

Diapositiva 12

    Pie de foto: : Que constan en la Dirección de Responsabilidades con el objetivo de que se expida mediante oficia la correspondiente ORDEN DE REINTEGRO debidamente motivada estableciendo 2 tipos de responsabilidades:
    Pie de foto: : RESPONSABILIDAD principal y RESPONSABILIDAD subsidiaria.
    2.2 ORDEN DE REINTEGRO

Diapositiva 13

    Pie de foto: : 1. Los responsables subsidiarios gozarán de los beneficios de orden y excusión de acuerdo con el Art. 43 de la LOCGE, beneficio que debe ser garantizado en el proceso de ejecución coactivo de ser el caso.
    Pie de foto: : 2. Se notificará mediante oficio a los sujetos de responsabilidad conforme lo señala el Art. 55 de la LOCGE. Con un plazo IMPRORROGABLE de 90 días para que se efectúe el reintegro.
    ORDEN DE REINTEGRO

Diapositiva 14

Diapositiva 15

    LA RESOLUCIÓN parte EXPOSITIVA
    Pie de foto: : La resolución que se dicte podrá DESVANECER o CONFIRMAR las responsabilidades que constara de dos partes: una EXPOSITIVA y otra RESOLUTIVA. La parte EXPOSITIVA consta de 3 partes detalladas en el gráfico previo,

Diapositiva 16

    LA RESOLUCIÓN parte RESOLUTIVA
    Pie de foto: : La desicion que se haya llegado desde ser expresada en forma: definitiva, calara y categórica. Con respecto a: asuntos planeados, sujetos de responsabilidades y la orden de cumplir actos complementarios.

Diapositiva 17

    EJECUCIÓN DE LA RESOLUCIÓN
    Pie de foto: : Artículo 57.-Para la ejecución de resoluciones ejecutoriadas de la CGE que confirmen Responsabilidades Civiles Culposas, se procederá de la siguiente manera.

Diapositiva 18

    EJECUCIÓN RESOLUCIÓN Art.57
    Pie de foto: : De PAGOS INDEBIDOS con recursos públicos que establezcan obligaciones a favor del gobierno central, así como de las instituciones y empresas que NO TENGAN CAPACIDAD LEGAL para ejercer la coactiva.

Diapositiva 19

    EJECUCIÓN RESOLUCIÓN Art.57
    Pie de foto: : Ejercer la COATCTIVA, copias certificadas de las RESOLUCIONES EJECUTORIADAS que establezcan obligaciones a favor de estas instituciones para que se emita el TÍTULO DE CRÉDITO correspondiente y procedan a su recaudación, de acuerdo con las leyes y regulaciones propias de la materia.

Diapositiva 20

    EJECUCIÓN RESOLUCIÓN Art.57
    Pie de foto: : La recaudación de las obligaciones a favor de las instituciones del estado sujetas a esta ley que no sean del gobierno central y que no tuvieren capacidad legal para ejercer la acción coactiva se procederá con forme a lo descrito en literal 1 del Art. 57 de la LOCGE. La CGE retendrá el 10% del valor recaudado y el saldo se acreditara a la institución beneficiaria.
Mostrar resumen completo Ocultar resumen completo

Similar

Latín - Vocabulario Básico
maya velasquez
Ecuaciones de Segundo Grado
Diego Santos
CIUDADES II...
JL Cadenas
Nivel de Inglés
Diego Santos
Elementos de la Inteligencia Emocional
Fernando Durán Z.
Indicadores y parámetros básicos en los sistemas de manufactura
itsel_quistian14
Compás de 4/4
mariajesus camino
Plantilla para diccionario de datos
José Francisco Espinosa Garita
ÁRBOL DE PROBLEMAS
Natasha Zamora
mapa mental de modelo OSI y modelo TCP/IP
alejandrovielmas