Delitos Difamación, Injuria y Vilipendio
Delitos derivados de la opinión expresados en nuestro código penal venezolano vigente
Responsabilidad Civil y Penal del Periodista
Cuando se habla de responsabilidad civil y penal del profesional de la comunicación se está desarrollando el tema sobre “la tarea que desarrolla el periodista supone responsabilidad”
“El periodista está obligado a respaldar la información que divulga, con testimonios fehacientes que avalen su veracidad”. Conde (2012)
La responsabilidad civil: Es el acto que se presenta cuando se realiza una acción antijurídica que provoca un daño o un perjuicio a otra persona, sea de forma intencionada o por negligencia, dando lugar a la obligación de reparar el daño causado y a indemnizar a los perjudicados. Se trata de la responsabilidad o culpa extracontractual, porque no nace de ningún contrato ni de ninguna relación obligatoria bilateral entre un agente y el perjudicado. Carreras (s/f)
La razón de ser de la responsabilidad civil de periodista es que cualquier información o noticia debe estar sustentado por fuerte confiable de lo contrario puede causar perjuicio.
“Todo aquel que con culpa o con intención cause un perjuicio a otro, debe resarcirlo.” Tobón (sf)
El Tribunal Supremo de Justicia explicó la naturaleza jurídica de la responsabilidad social como sigue: “Como quiera que toda noticia o información que incrimine a una persona o colectividad determinada o determinable, puede ser fuente de daños, se impone para los medios de comunicación social el deber profesional de extremar la diligencia y cuidados especiales que, además de obedecer al ejercicio responsable de la libertad de información, también evite preventivamente el eventual daño a tales personas”.
Difamación, Injuria y Vilipendio
Son términos que están enmarcados en delitos contemplados por nuestro Código Penal en el CAPITULO VII De la difamación y de la injuria. Artículos 444 al 448. Y en el CAPITULO VIII De los ultrajes y otros delitos contra las personas investidas de autoridad pública. Artículos 223 al 229 los que respecta al Vilipendio.
Difamación. “Las palabras que difamatorias son aquellas cuyo significado es claro y causan un daño evidente a la reputación de una persona” “Son aquellas palabras que parecen inocentes a primera vista, pero cuyo significado puede ser difamatorio cuando el lector o espectador conoce otros hechos con los que vincula las palabras”. Orellana (2015)
La injuria: la imputación voluntaria que alguno hace a otro de un hecho falso, del que si fuera cierto podría resultar al calumniado alguna deshonra, odiosidad o desprecio en la opinión común o más generalmente recibida en el pueblo en que se cometía el delito, o algún otro perjuicio.
Vilipendio: Desprecio o denigración grave. En la actualidad, se define esta infracción como el hecho de «amenazar, calumniar, injuriar o insultar, de palabra o por escrito, en su presencia o fuera de ella, a un ministro, autoridad o funcionario público en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de éstas». La ofensa que exige el tipo delictivo ha de ser de carácter personal y dirigida inequívocamente a quebrantar el principio de autoridad que encarna la persona ofendida. Y el ánimo de desacreditar o menospreciar debe deducirse siempre del significado vulgar y gramatical de las palabras proferidas, en atención a las circunstancias concurrentes de ocasión, lugar y momento, y a la particular investidura de la persona agraviada, siendo indiferente que trascienda o no a terceros; pero, en todo caso, debe mediar vinculación estrecha entre la ofensa y la función, por ser ésta la que particularmente protege la ley. Desprecio o denigración grave.
Pero en la mayoría de los países donde existen leyes que penalizan este tipo de expresiones, el vilipendio se ha instaurado bajo la denominación de desacato. El Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua lo define como: “Delito que se comete calumniando, injuriando, insultando o amenazando a una autoridad en ejercicio de sus funciones o con ocasión de ellas, ya de hecho o de palabra, o ya en escrito que se le dirija. Se pretende castigar la acción de quien desprecie, demuestre falta de estima, denigre de una persona en forma grosera o vulgar.