Pie de foto: : La seguridad social tuvo sus inicios en las ideas propugnadas por el iluminismo y las revoluciones liberales del siglo XVIII.
La seguridad social en la actualidad es un derecho fundamental.
Como derecho demanda proteger a las personas que están en imposibilidad física o mental para obtener los medios de subsistencia que le permitan llevar una vida digna a causa de la vejez, del desempleo o de una enfermedad o incapacidad laboral.
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Perspectiva Histórica de la SS
Los ideales del iluminismo permitieron el paso a los denominados Estados liberales, acabar con los antiguos regímenes de la época implico la reivindicación de los individuos frente al Estado, aunque esto implicara libre y voluntariamente ceder su libertad para vivir en comunidad mediante un contrato social; no obstante en los estados liberales las pretensiones sociales inmersas en los derechos sociales eran incompatibles con las instituciones jurídicas y políticas de la época, desplazándolas a personas particulares o instituciones privadas.
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En el transcurso de los años los Estados que habían dado ese paso a los ideales clásicos del liberalismo se encontraron en situaciones sociales y económicas deplorables, teniendo que acoger como deberes del Estado las pretensiones sociales de la época.
Como consecuencia de los ideales del liberalismo clásico, nacen las primeras constituciones que ponen de manifiesto la función de Estado en pro de los derechos sociales: la mexicana de Querétano de 1917 y, la alemana de Weimar en 1919, siendo esta última la que consagra un seguro para la vejez. “Art. 161. - Para la conservación de la salud y la capacidad de trabajo, la protección de la maternidad y la previsión contra las consecuencias económicas de la vejez, de la debilidad y de las vicisitudes de la vida, creará el estado un comprensivo sistema de seguro bajo la decisiva cooperación de los asegurados.”
En Colombia los derechos sociales tuvieron una evolución lenta y poco significativa durante el siglo XIX y XX, dado que la constitución de 1886, no fundamento dichos derechos como competencia del Estado sino que lo deje como competencia de los entes privados, no fue hasta la Constitución Política de 1991, donde se estableció en su capitulo II, desde el Artículo 42 hasta el 82, los derechos económicos, sociales y culturales, de ahora en adelante denominados derechos sociales, los cuales han venido evolucionado jurisprudencialmente gracias a los postulados propuestos por la Honorable Corte Constitucional, entidad judicial encargada de velar por la integridad y la supremacía de los postulados constitucionales.
Desde el ámbito del derecho internacional los derechos sociales son objeto de protección por parte de tratados, convenios y, pactos internacionales y doctrina de carácter internacional que consagra principios, reglas y recomendaciones frente a los derechos sociales, los cuales se encuentran bajo la vigilancia y control de organismos internacionales creados por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
En consecuencia desde el punto de vista jurisprudencial, los derechos sociales, en consecuencia el reconocimiento de la pensión de vejez, ha tenido la siguiente evolución: en un primer momento fueron reconocidos como meros derechos prestacionales; en un segundo momento como derechos fundamentales condicionados a la tesis de conexidad; en un tercer momento, como derechos fundamentales bajo la tesis de la transmutación en un derecho subjetivo y; por último, el reconocimiento del statud de iusfundamentales, de exigibilidad directa.
En Colombia
Pie de foto: : La seguridad social como derecho fundamental
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Investigación
- La fenomenología de seguridad social
Con la presente investigación se pretende analizar los diferentes acontecimientos históricos y sociales que dieron origen a la necesidad de establecer la seguridad social como derecho público, inalienable e irrenunciable y; en Colombia catalogarse, en la actualidad como un derecho fundamental.