Después de haber abordado temas elementales relacionados con el periodo Colonial de Honduras, desde los procesos de conquista y colonización, la configuración territorial, desarrollo económico, la cultura social y religiosa en sus diversas manifestaciones; pasamos con este tema a desarrollar la tercera unidad que corresponde al Periodo Republicano, comprendido entre 1821 al 2010. A este periodo y sus diversas etapas algunos historiadores prefieren llamarle época contemporánea, otros, periodo i
•Este período corresponde al Periodo Republicano, comprendido entre 1821 al 201
•Primeras décadas del siglo XIX, se sientan las bases del modelo republicano de gobierno que tiene vigencia hasta nuestros días,
•Fueron las ideas liberales de moda en Europa en el siglo XVIII que sen reflejados en la separación de estas provincias del Reino de España, acto que se ve reflejado en la redacción por conveniencia del Acta de Independencia del 15 de septiembre de 1821
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•la Provincia de Honduras, Nicaragua, El Salvador, Costa Rica, que estaban bajo la jurisdicción de la Capitanía General de Guatemala, se emanciparan de España, identificando las causas externas e internas
•Causas Externas
•La difusión de las ideas Liberales de pensadores europeos del Siglo XVIII como Voltaire, Isaac Newton, Charles-Louis de Montesquieu, Thomas Jefferson, Denis Diderot, John Locke
•El ejemplo de la independencia de los Estados Unidos
•La revolución Francesa
•la invasión de Napoleón a España en 1808
•El movimiento de independencia mexicano y la proclamación del Imperio por parte de Agustín de Iturbide
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•El acta de independencia 1821
•¿Por qué razones se firma esta acta?
•La primera establece que es la voluntad general del pueblo de Guatemala y en ningún momento se hace referencia a Honduras , la segunda es que esta vieja aristocracia enclaustrada en el poder por más de 300 años decide publicarla “ para prevenir las consecuencias que serian temibles en el caso que la proclamase,
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•¿Cuál es el objetivo de establecer un congreso?
• Sobre la cuarta interrogante, plantea una convocatoria a elecciones para el 1 de marzo de 1822 donde debían estar reunidos todos los diputados de los ayuntamientos de las provincias en la capital (Guatemala), acontecimiento que no se realiza por los siguientes impases
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Que establece el inciso seis del acta?
Que, en atención a la gravedad y urgencia del asunto, se sirvan hacer las elecciones de modo que el día primero de Marzo del año próximo de 1822, estén reunidos en esta Capital todos los Diputados
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Algunas manifestaciones de descontento llevan a las provincias de Centro América a la Anexión con México:
•La divergencia de intereses entre los miembros de la clase más poderosa, por un lado estaban las familias viejas, aristocráticas, de terratenientes, herederas de privilegios coloniales, satisfechos del estado de cosas colonial.
•Las políticas centralizadoras de la monarquía borbónica,(peninsulares ) que excluyeron a los criollos de cargos públicos e impusieron una política de impuestos y monopolios que causaban disgusto a la población.
•El marginamiento social y económicos de las masas populares, sobre todo indígenas, provocó el resquebrajamiento social dando origen a movimientos sociales de campesinos, mestizos y artesanos.
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El 28 de noviembre de 1821, Agustín Iturbide emperador de México propone anexar al imperio mexicano las provincias recién emancipadas de España bajos tres justificaciones: evitar que España nuevamente las colonizara, o que otra potencia se apropiara de estas provincias y evitar sus insurrecciones armadas y violentas en el interior de las provincias. Estas propuestas generan división de grupos a favor de la anexión (conservadores) y en contra a la anexión (liberales o independentistas). Independientemente que hay grupos en contra se toma la decisión de anexar las provincias de Centroamericana a México el 5 de enero de 1822.
La Anexión de Centro América es producto de las inconformidades y la inestabilidad
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Después de la caída de Agustín Iturbide
Sé creo de una Asamblea Nacional Constituyente que se encargaba de emitir el Decreto de Independencia Absoluta el 1 de julio de 1823.